Preguntas frecuentes sobre el registro electrónico

¿Qué es el registro electrónico?

Es el canal electrónico del Registro General del Ayuntamiento que permite la presentación escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a algunos trámites municipales y que está disponible las 24 horas del día durante todos los días del año. Su uso es alternativo al canal presencial del Registro General.

¿Puedo presentar cualquier solicitud utilizando el registro electrónico?

De momento sólo está disponible para algunos trámites. La sede electrónica dispone del canal ‘Trámites con registro electrónico' donde se informa de la relación actualizada de trámites, y en la que el Ayuntamiento irá incorporando los otros trámites no contemplados de momento. Los trámites con registro electrónico también se encuentran disponibles en otros canales a través de la navegación de la sede.

Tenga en cuenta que la presentación de solicitudes no relacionada con los trámites aprobados legalmente no producirá ningún efecto y se tendrá por no realizada.

¿Qué se necesita para utilizar el registro electrónico?

Para utilizar el Registro electrónico es necesario disponer de DNI electrónico o de algunos de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento. Además debe de tener instalado en su equipo el software Adobe Reader 9.0 o una versión superior.

¿Cómo se presenta una solicitud a través del registro electrónico?

Hay que realizar los pasos siguientes:

  1. Acceder a la tramitación en línea desde las fichas de los trámites correspondientes como solicitante o representante.
  2. Abrir formulario PDF.
  3. Cumplimentarlo, adjuntando, si es necesario documentación.
  4. Validar el formulario cumplimentado.
  5. Firmar electrónicamente con el certificado con el que ha accedido al formulario.
  6. Enviar el formulario cumplimentado y firmado.
  7. Finalizado el proceso de envío, el registro devuelve un recibo (en formato PDF) que acredita la entrega de la solicitud, consistente en una copia firmada electrónicamente por el Ayuntamiento del formulario cumplimentado y su documentación adjunta, con fecha y hora de presentación y número de anotación en el registro de entrada. El ciudadano debe guardar el documento, ya que le sirve justificante de la operación realizada.

Para más información, consulte la ayuda disponible sobre cómo presentar una solicitud a través del registro electrónico

Al abrir el formulario aparece un aviso de seguridad de Adobe Reader que impiden cumplimentarlo y validarlo ¿qué tengo que hacer?

El mensaje de aviso de seguridad indica lo siguiente: 'Algunas funciones han sido deshabilitadas para evitar posibles peligros de seguridad. Habilite estas funciones únicamente si piensa que el producto es de confianza' Este aviso se presenta cuando la configuración del producto Adobe Reader tiene activada la política de Seguridad Mejorada. El usuario no podrá interactuar con el formulario si no indica alguna de las dos opciones propuestas por el programa.

Para que el mensaje no se vuelva a presentar al abrir los formularios, desactive la opción de seguridad mejorada. Para ello:  acceda a la pestaña Edición, a continuación seleccione Preferencias y vaya a Seguridad Mejorada. La opción 'Activar Seguridad Mejorada' debe estar desmarcada. Si no lo está, desmárquela y pulse el botón Aceptar para guardar los cambios. 

¿Se puede adjuntar documentación al formulario de solicitud?

Sí, si se considera necesario o si el trámite lo requiere. Para ello pulse el icono ‘clip' que aparece en la parte inferior izquierda del formulario.  Los formatos de archivos admitidos son: PDF, TXT, DOC, XLS, TIFF, JPG, BMP, PPT y PPS. El número de archivos que se pueden adjuntar y el tamaño máximo del total de los mismos depende de cada formulario.

¿Se puede guardar el formulario y continuar con el proceso de cumplimentación y envío en otro momento?

Si. Los formularios que utiliza el registro electrónico de Ayuntamiento de Madrid no necesitan cumplimentarse y enviarse en el momento. Se puede interrumpir el proceso, permitiendo guardar el fichero en su equipo y continuar cuando lo desee.

¿Cuándo puedo utilizar el registro electrónico?

Durante las 24 horas de los 365 días del año.

¿Qué fecha y hora se tiene en cuenta para el cómputo de plazos?

La fecha y hora oficial de la sede electrónica es la que tendrá validez legal para el cómputo de plazos, y no la del equipo desde el que el ciudadano realiza el trámite. Además hay que tener en cuenta que esta fecha y hora será la que corresponda al momento en que se realiza la anotación en el registro del Ayuntamiento, y no en la que se inicia el proceso de presentación.

Además, si la presentación de una solicitud se realiza en un día inhábil, se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente.

¿Dónde puedo conseguir un certificado electrónico?

El DNI electrónico ya tiene incorporado un certificado electrónico. Además, el Ayuntamiento de Madrid presta a los ciudadanos que lo deseen un servicio consistente en la posibilidad de acudir a una serie de oficinas de acreditación como paso previo a la obtención del certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda.

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