Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Distrito de Barajas

Para presentar una denuncia o reclamación sin asesoramiento previo, puede realizarlo de las siguientes formas:

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' disponible en ‘Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en las oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Por correo postal: escrito firmado dirigido a la OMIC del distrito.
  • Por correo electrónico: escrito firmado dirigido a JMD Barajas - OMIC, remitido a omicbarajas@madrid.es

Si es consumidor y desea información personalizada sobre sus derechos debe solicitar cita previa. Debe facilitarnos su teléfono de contacto, recibirá una llamada para proporcionarle el asesoramiento por vía telefónica, sin necesidad de desplazarse a las oficinas municipales.

Para pedir cita previa:

Puede solicitar cita a través de los siguientes canales de Línea Madrid:

En Línea: accediendo al Sistema municipal de cita previa, seleccionando como trámite o servicio Consultas en oficinas municipales de información al consumidor - OMIC

Telefónica: a través del 010 o del 914 800 010 (consultar el coste de la llamada en la página de información del 010)

  • Instalación accesible para personas con movilidad reducida

Datos de localización y contacto

Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Distrito de Barajas
Dirección
PLAZA  MERCURIO,  1  28042  MADRID 
Madrid
España
Barrio / Distrito
CASCO H.BARAJAS / BARAJAS
Correo
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40.47479357890765 , -3.577768444536064

Competencias de la OMIC (Oficina Central y oficinas de distrito)

  • Propicia, a través de la mediación entre el consumidor y la empresa, la resolución voluntaria de conflictos en materia de consumo.
  • Si no logra el acuerdo entre las partes para la solución del conflicto, remite la reclamación, si el reclamante lo solicita expresamente, a la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.
  • Ofrece información en materia de consumo, cuando así se solicita.
  • Dirige a los Servicios de Inspección de consumo las denuncias de los consumidores y aquellas reclamaciones en las que se detecten posibles infracciones en materia de consumo.

Podrán acceder a los servicios de la OMIC las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.

Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.

Los temas sobre los que trata la OMIC son los siguientes: - Compra de bienes: Alimentos, automóviles, textil, calzado, vivienda, electrodomésticos, electrónica, juguetes, joyería, mobiliario, material fotográfico, comercio electrónico... etc.

- Prestación de servicios: Seguros, agencias de viajes, servicios financieros, reparación de automóviles, reparación de electrodomésticos, transporte, mudanzas, tintorerías, peluquería y estética...etc.

- Suministros: Telefonía, electricidad, agua, gas... etc.

Fundamento legal Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

       

Titularidad
Público * Ayuntamiento de Madrid * Distrito de Barajas

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