Servicio de Ayuda a domicilio para personas mayores
Finalidad: mantener a la persona usuaria en su medio habitual. Evitar deterioro de la situación de la persona usuaria. Apoyar en las actividades de la vida diaria. Detectar empeoramiento o deterioro físico/psíquico. Estimular las capacidades de la persona usuaria para ralentizar su dependencia y potenciar su autonomía personal. Facilitar la participación de la persona usuaria en actividades de promoción social y de relación con la red vecinal y comunitaria. Otros objetivos definidos por los servicios sociales municipales.
Procedimiento de la prestación:
- Presentación de la solicitud por parte del interesado a través de las oficinas de registro, de manera telemática o a través del Centro de Servicios Sociales de la persona interesada.
- Valoración Profesional y aplicación de los baremos de valoración.
Requisitos:
- Ser español, o con nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o con nacionalidad de otro país extracomunitario, pero con residencia legal en España.
- Estar empadronado en Madrid. Para personas mayores que residan temporadas que no excedan de 6 meses con los hijos, será suficiente con que los hijos o la familia de acogida estén empadronados.
- Tener cumplidos 65 años, o tener reconocida una discapacidad.
- Todos aquellos requisitos que recoge la Ordenanza 10/2022, de 28 de junio, reguladora del servicio de ayuda a domicilio para personas mayores y personas con discapacidad y de los servicios de centros de día, residencias y apartamentos para personas mayores y del centro municipal de Atención Integral Neurocognitiva, (artículo 6)