Salubridad y Habitabilidad de la Vivienda

Uno de los objetivos de la Salud Pública es la promoción de entornos urbanos saludables para la ciudadanía, estableciendo al respecto procedimientos de vigilancia y control de los diferentes factores presentes en el entorno que pueden afectar a la salud, considerando no sólo el ambiente natural, sino también todos aquellos otros relacionados con los estilos de vida que configuran el medio ambiente externo y personal de cada ciudadano/a.

Así, en base a las atribuciones que la legislación otorga a las Corporaciones Locales en materia de inspección y control sanitario de bienes inmuebles y entorno urbano, por parte de este Ayuntamiento se realiza la valoración de las condiciones de habitabilidad de las viviendas, siempre ante demanda y en casos justificados.

Una vivienda ha de cumplir determinados requisitos normativos, entre los que se contemplan exigencias de seguridad, accesibilidad, superficie habitable, protección frente a la humedad, recogida y evacuación de residuos, calidad del aire interior, suministro y evacuación de aguas, etc.

A este respecto, se considera infravivienda aquella que carece de las condiciones mínimas de habitabilidad por presentar problemas estructurales, hacinamiento, iluminación y ventilación escasas, carencia de instalaciones básicas, encontrarse en un entorno deteriorado o inadecuado, etc.

Cualquier ciudadano o ciudadana empadronado/a en el municipio de Madrid puede solicitar que se lleve a cabo la valoración de las condiciones higiénico-sanitarias y de habitabilidad de la vivienda en que reside cuando existan una o varias causas que supongan un riesgo para la salud.

Dicho servicio se presta:

  • Actuando a demanda y de manera personalizada, una vez recibida la correspondiente solicitud por parte del/de la ciudadano/a o entidad jurídica con interés acreditado y suficiente.
  • Inspeccionando la vivienda, previa notificación al/a la solicitante, para comprobar las condiciones de habitabilidad y salubridad de la misma.
  • Valorando dichas condiciones e informando a los interesados implicados en la resolución del problema.

Por otra parte, y cada vez más a menudo, nos encontramos en las ciudades con situaciones de insalubridad en solares, locales e inmuebles que, bien por conductas personales, de abandono del mantenimiento de los mismos o por su ocupación ilegal, dan lugar a condiciones higiénico sanitarias inadecuadas que pueden originar un problema de salud para la comunidad.

Un caso particular es el de aquellas personas que padecen Síndrome de Diógenes u otros trastornos que supongan un patrón de conducta alterado, que puede afectar en algunos casos al abandono del autocuidado, la higiene y la salud, sufriendo el/la afectado/a tanto las consecuencias de la acumulación de basuras, enseres y objetos inservibles en su domicilio como las de exclusión social. Esto hace que al grave problema de salud pública originado, se añada una situación de aislamiento que precisará un abordaje integral desde múltiples disciplinas.

En aquellos casos en los que se presenten situaciones de insalubridad que no puedan ser resueltas por el/la titular de la vivienda y que supongan un riesgo para la salud comunitaria, el Ayuntamiento establece los mecanismos de intervención pertinentes para tratar de resolver el problema. Como ya se ha dicho, estas actuaciones pueden requerir la colaboración de diferentes servicios municipales.

La solicitud de intervención puede ser formulada por cualquier ciudadano/a o instancia administrativa.

Dicho servicio se presta:

  • Actuando a demanda y de manera personalizada, una vez recibida la correspondiente solicitud de intervención por acumulación de basuras y enseres u otra situación de insalubridad.
    • Evaluando, mediante visita de inspección, la necesidad de saneamiento y, en su caso, iniciando el procedimiento administrativo, requiriendo al interesado/a la limpieza y saneamiento voluntarios de la vivienda o local.
    • En caso de negativa del/la interesado/a, solicitando al Juzgado Contencioso Administrativo la autorización de entrada en la vivienda para poder realizar la inspección y, si procede, solucionar el problema de insalubridad.
    • Coordinando, si fuera preciso, las labores de saneamiento, retirada de basuras y enseres almacenados, desalojo de animales en caso necesario y posterior desinfección, desinsectación y desratización.
    • Comunicando a otras instancias municipales y no municipales la necesidad de atención sociosanitaria a las personas afectadas.
    • Informando al/a la solicitante sobre la intervención realizada.
    • Realizando el seguimiento de los casos de insalubridad por acumulación de basuras y enseres en vivienda.

 

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