Derechos y deberes del profesorado

Derechos y Deberes del Profesorado

Derechos del Profesorado del CIFSE

Sin perjuicio de los derechos que puedan derivarse de la aplicación del régimen normativo correspondiente, el profesorado del CIFSE tendrá los siguientes derechos:

  • A que, en la confección de los listados del profesorado, se valoren adecuadamente la experiencia profesional, la titulación académica, las valoraciones del alumnado cuando se conozcan, los cursos realizados y la actividad y capacidad docente previamente desarrollada, entre otros aspectos, todo ello en pro de una selección fundamentada en criterios de objetividad.
  • Al cobro del precio fijado por el órgano competente por las acciones formativas
    impartidas.
  • A utilizar para la actividad docente que imparta en el CIFSE las instalaciones y materiales de éste.
  • A ostentar sus distintivos específicos cuando vista de uniforme y mientras dure su condición de docente.
  • A recibir el trato y consideración debidos.

Deberes del Profesorado del CIFSE

Sin perjuicio de los deberes que puedan derivarse de la aplicación del régimen normativo correspondiente, el profesorado del CIFSE tendrá los siguientes deberes:

  • Respetar y cumplir los criterios y directrices fijados por el Comité Académico del CIFSE.
  • Comunicar a la respectiva Jefatura de Departamento o persona en quien delegue con funciones en materia de formación, las incidencias que se produzcan en la impartición de los cursos.
  • Trasladar a la respectiva Jefatura de Departamento o persona en quien delegue con funciones en materia de formación, la imposibilidad de asistencia a la clase programada, avisando con antelación suficiente.
  • Realizar los trámites que le sean requeridos por el personal del CIFSE, para una mejor gestión del régimen del profesorado.
  • Respetar y cumplir los procedimientos administrativos, organizativos y académicos del CIFSE.
  • Mantenerse permanentemente actualizado en relación con las materias sobre las que imparta formación, elaborando el material didáctico que le sea requerido por los responsables de formación.
  • Tratar con el debido respeto y reconocimiento de su dignidad al alumnado y al resto del personal del CIFSE.
  • Asistir y participar en las reuniones y actos académicos a los que se le convoque.
  • Preparar y corregir pruebas de conocimientos y aptitudes en coordinación con la persona responsable de formación de cada Departamento.
  • Aportar declaración jurada de no superar el límite de horas establecido por la normativa vigente y declaración de compromiso de disponibilidad y participación en las acciones de formación del CIFSE.
  • No consumir, ni estar bajo la influencia, durante la actividad formativa impartida por el CIFSE, de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, salvo prescripción facultativa, pudiendo someterse a las pertinentes comprobaciones técnicas cuando existiera indicios para ello, mediante procedimiento reglado. En este sentido, las pruebas consistirán en reconocimiento médico de la persona obligada y en los análisis clínicos que el personal médico, o personal facultativo del centro sanitario o instituto médico al que sea trasladado, estimen más adecuados. En el caso de bebidas alcohólicas, las pruebas para detectar la posible intoxicación por alcohol se practicará por el servicio competente y consistirá en la verificación del aire expirado, mediante etilómetros que, oficialmente autorizados, determinarán el grado de impregnación alcohólica de los sometidos a la prueba. En todo caso se salvaguardará la intimidad en el desarrollo de estas pruebas, realizándolas en privado y con la presencia del cargo responsable de su puesto de trabajo.
  • Observar el máximo cuidado en su aseo y presentación personal.
  • Cooperar con el Centro en la consecución de los fines y objetivos del mismo.
  • Impartir la enseñanza en su materia en consonancia con las directrices marcadas en la programación general.
  • Desarrollar las capacidades y actitudes de cada alumno/a, tanto en lo que se refiere a los conceptos que asimila, a los procedimientos que domina o a las actitudes que rigen su conducta, para alcanzar los objetivos propuestos.
  • Crear en el aula un espacio de conocimiento compartido facilitando la participación, de manera que se propicie la reflexión del alumno/a y del docente.
  • Diseñar, desarrollar y ejecutar las actividades, cursos, jornadas, seminarios y materiales pedagógicos que le sean requeridos por la persona responsable de la formación.
  • Evaluar el rendimiento del alumnado, como base para la orientación de la enseñanza y aprendizaje con relación a unos objetivos concretos planteados con anterioridad, estableciendo los mecanismos de ajustes y modificaciones que se consideren necesarios. Todo ello de conformidad con el artículo 10.3.g) del Reglamento del CIFSE.

Régimen disciplinario del CIFSE

Todo el personal público de los colectivos de Policía Municipal, Bomberos, SAMUR-Protección Civil y Agentes de Movilidad que impartan docencia en el CIFSE, quedan sometidos al régimen disciplinario contemplado por la normativa aplicable a los colectivos de origen. Igual previsión es aplicable para empleados/as públicos de los colectivos citados que se integran en la plantilla del CIFSE, de conformidad con su relación de puestos de trabajo.

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