Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Vehículos de transporte público colectivo y autobuses que den servicio a los establecimientos o instituciones de la zona

VEHÍCULOS PERMITIDOS

Los vehículos de transporte público colectivo de viajeros regular de uso general y los autobuses que den servicio a los establecimientos o instituciones del área, debiendo pertenecer a uno de los siguientes grupos de construcción de la DGT:

  • Grupo 11: Autobús o autocar con MMA de hasta tres mil quinientos kilogramos.
  • Grupo 12: Autobús o autocar MMA mayor de tres mil quinientos kilogramos.
  • Grupo 13: Autobús o autocar articulado.
  • Grupo 14: Autobús o autocar mixto.
  • Grupo 16: Autobús o autocar de dos pisos.

Se establece el siguiente calendario de restricción de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro en función de su categoría de clasificación ambiental:

  Desde el 2023 Desde el 2024 Desde el 2025
 1. Vehículos a motor con MMA hasta 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C
 2. Vehículos a motor con MMA superior a 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C

GESTIONES

La Administración municipal gestionará de oficio los permisos de acceso de estos vehículos a la ZBEDEP Distrito Centro.

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