Sistema de Alerta de Denuncias de Tráfico (SADT). Preguntas Frecuentes
Para activar el servicio visite este enlace.
La aplicación utiliza los datos de contacto de Mi Carpeta del Ayuntamiento de Madrid. Pueden modificarse en línea.
No. Es necesario que el Ayuntamiento valide y apruebe su solicitud para que pueda empezar a recibir avisos. Recibirá un mensaje con el resultado del proceso.
No. Este servicio exclusivamente informativo avisa de la comisión de una posible infracción que puede dar lugar o no a la iniciación de un procedimiento sancionador. No, no afecta de ningún modo a la tramitación, en su caso, del procedimiento sancionador.
Para obtener la lista actualizada de tipos de infracción contempladas en el servicio, puede visitar las condiciones de uso.
Si bien el acto fue inicialmente detectado, se ha estimado que no procede la apertura de expediente sancionador por razones técnicas o jurídicas.
En primer lugar, es necesario tener activado el sistema y haber vinculado el vehículo. Además, el tipo de denuncia de infracción ha de estar entre las contempladas por el sistema (ver más arriba la pregunta frecuente “¿Qué tipo de denuncias se me pueden comunicar desde el SADT?”).
Aunque los requisitos anteriores se cumplan, cabe la posibilidad de que el ciudadano no tenga acceso efectivo al aviso previo antes de recibir una notificación de la apertura del procedimiento sancionador, por ejemplo, por razones técnicas como incidencias en el buzón de correo electrónico o en el teléfono del destinatario.
En cualquier caso, el hecho de que, por razones técnicas o de otro tipo, una persona física tenga activado el sistema y no reciba de SADT la comunicación previa vinculada a una infracción por la que se abrirá efectivamente un expediente sancionador no será motivo de alegación ni recurso al mismo.
Si la relación de titularidad no puede ser verificada del Registro de Vehículos de la DGT o de las bases de datos municipales del Servicio de Estacionamiento Regulado y las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, deberá acreditarla mediante la presentación de la documentación correspondiente, que será revisada por el Ayuntamiento.
SADT está diseñado para que la advertencia se produzca en los siguientes intervalos de tiempo desde que haya tenido lugar el hecho denunciado para cada tipo de infracción:
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Entre 15 minutos y 2 horas para las infracciones de la normativa de estacionamiento en el AER y, en particular, las vinculadas al SER y el uso de las Reservas de Carga y Descarga.
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Entre 10 y 16 días para los accesos indebidos a la ZBEDEP Distrito Centro.
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Entre 10 y 16 días para los accesos indebidos a la ZBEDEP Plaza Elíptica.
Al igual que en la activación, hay dos canales, uno presencial en la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía, que requiere cita previa, y otra a través de Mi Carpeta del Ayuntamiento de Madrid.