Reducción en el Impuesto de matriculación de vehículos
Reducción del 50% de la base imponible del impuesto respecto de vehículos automóviles con una capacidad homologada no inferior a 5 plazas y no superior a 9, incluida la de conductor/a, que se destinen al uso exclusivo de familias calificadas de numerosas, previo reconocimiento de la AEAT.
Destinatarios
Familias numerosas con título expedido por el Organismo Central o Autonómico correspondiente.
Tramitación presencial
- Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Administraciones dependientes de la Delegación de la AEAT, en cuya demarcación territorial tenga su domicilio fiscal la persona con obligación tributaria.
Plazo
La presentación de la solicitud se realizará antes de la matrícula definitiva del medio de transporte, no pudiendo efectuar la misma en tanto no se haya producido el reconocimiento del beneficio fiscal.
Documentación
- Impreso normalizado (Modelo 576).
- Impreso normalizado (Modelo 05).
- Ficha técnica del vehículo.
- Título de familia numerosa expedido por el Organismo Central o Comunidad Autónoma competente.
- Certificado de la Compañía Aseguradora si se produce el siniestro total de un vehículo adquirido en análogas condiciones en el transcurso de 4 años.
Fundamento legal
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. BOE número 313 de 30 de diciembre de 2000.
- Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Entidad gestora
Administraciones de la Agencia Tributaria Estatal.