[28/06/2024] Incorporación municipios APC

Imagen dibujada de la plaza de la Puerta de Alcalá de Madrid

 

[28/06/2024]

La Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección General de Transportes y Movilidad, de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras, por la que se autoriza la incorporación al Área de Prestación Conjunta de Servicios de Transporte de Viajeros en Automóviles de Turismo de Madrid de nuevos municipios, establece el régimen legal aplicable a la incorporación de los nuevos municipios en el APC de Madrid.

El régimen de prestación del servicio es el siguiente:

  • Los taxis con licencia de autotaxi de Madrid podrán prestar servicio en la totalidad del nuevo APC, incluidos los nuevos municipios que se incorporan en virtud de la Resolución.
  • Hasta que no formalicen el canje, los taxis de los nuevos municipios que se incorporan al APC sólo podrán prestar los servicios que venían realizando hasta la aprobación de la resolución.

TRAMITACIÓN DE INCORPORACIÓN DE MUNICIPIOS AL APC

Conforme a lo dispuesto en esta resolución es preciso distinguir:

a) Municipios anteriores que ya estaban integrados en el APC: No tienen que realizar acción alguna.
b) Municipios nuevos: Villanueva de la Cañada; San Agustín de Guadalix; Miraflores de la Sierra; Moralzarzal; Fresno de Torote; El Molar; Galapagar; Hoyo de Manzanares; Villamanta; Villamantilla; El Álamo; Fuente el Saz de Jarama y Valdetorres de Jarama

Para hacer efectiva la incorporación en el APC de Madrid de los municipios nuevos, se distinguen las siguientes fases:

FASE 1 - COMUNICACIÓN DE INCORPORACIÓN (14 de junio a 14 de septiembre 2024)

Los municipios nuevos deberán presentar la siguiente documentación:

1º – Resolución del Pleno del Ayuntamiento solicitando dicha integración.
2º – Certificación expedida por el municipio que contenga la relación de licencias de autotaxi y fechas de concesión en el que conste en cada una de ellas:

  • Nombre, apellidos, DNI, domicilio a efecto de comunicaciones, correo electrónico y teléfono.
  • Nombre, apellidos, DNI y domicilio, a efectos de comunicaciones, de los conductores que estén prestando servicio con indicación del permiso municipal de conductor de autotaxi y fecha de concesión.
  • Vehículo adscrito a la licencia: matrícula, marca, modelo y clasificación medioambiental.
  • Taxímetro: marca y modelo.
  • Módulo tarifario: marca y modelo.

Una vez que el municipio nuevo da cumplimiento a la 1ª Fase, el Ayuntamiento de Madrid expide una Diligencia de incorporación que entregará al nuevo municipio.

FASE 2 - CANJE DE LICENCIAS ()14 de septiembre a 14 de diciembre)

Una vez que el municipio reciba la diligencia de incorporación emitida por el Ayuntamiento de Madrid, los titulares pueden solicitar el canje de sus licencias por licencias de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid acreditando los requisitos previstos en la Resolución de 3 de junio de 2024.

 

Subir Bajar