Calles o zonas de especial protección para el peatón

Se trata de un concepto incluido en la vigente Ordenanza de Movilidad Sostenible.

En dicha Ordenanza se indica que mediante acuerdo del órgano competente se podrán declarar, con carácter temporal o permanente, determinadas aceras, calles y espacios públicos como 'espacios de especial protección para el peatón'.

La declaración deberá incluir la justificación motivada que ha llevado a la determinación de una calle o espacio como de especial protección para el peatón así como los usos y ocupaciones que se restringen o las condiciones de los que se autoricen.

A estos efectos, será necesario que con carácter general se trate de calles de elevada intensidad de tráfico peatonal en las que la densidad peatonal existente o previsible pueda limitar la libertad individual de elegir la velocidad normal de la marcha y el adelantamiento peatonal y en el caso de que haya movimientos de entrecruzado o en sentido contrario, exista una alta probabilidad de que se presenten conflictos en el tránsito, siendo precisos frecuentes cambios de velocidad y posición para eludirlos, o existan especiales dificultades para el desplazamiento de personas con movilidad reducida.

No obstante lo anterior, podrán ser declaradas como tales en cualquier caso con objeto de ordenar y regular los usos y ocupaciones del viario priorizando aquellos más favorables para el peatón así como otros modos de movilidad sostenibles, debiendo publicarse la citada declaración en el 'Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid' y en el 'Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid'.

Como complemento de lo anterior, una vez declarado el espacio como de especial protección, deberá instalarse la señalización indicativa de tal circunstancia.

Se han declarado los siguientes espacios de especial protección para el peatón en la ciudad de Madrid:

Distrito de Centro:

  • Ámbito territorial del entorno de la calle Cenicero y Almadén (barrio de Las Letras): 29 de noviembre de 2022 (consultar publicación BOAM).
  • Ámbito territorial de Sol:
  1. Publicación de 8 de agosto de 2023 (consultar publicación BOAM).
  2. Publicación de 16 de agosto de 2023 (consultar publicación BOAM).

Distrito de Arganzuela:

  • Ámbito territorial de las calles Pasaje de Alonso Carbonell y Miguel Arredondo: 3 de febrero de 2021 (consultar publicación BOAM).

Distrito de Retiro:

Distrito de Chamartín:

Distrito de Tetuán: 

Distrito de Chamberí:

Distrito de Fuencarral-El Pardo:

Distrito de Latina:

Distrito de Carabanchel:

Distrito de Puente de Vallecas:

  • Ámbito territorial de las calles Puerto Tarancón y Hermanos Capri: 28 de diciembre de 2020 (consultar publicación BOAM).

Distrito de Moratalaz:

Distrito de Ciudad Lineal:

Distrito de Hortaleza:

  • Ámbito territorial de diferentes tramos de calles del distrito: 12 de febrero de 2021(consultar publicación BOAM).

Distrito de Villaverde:

  • Ámbito territorial de las calles Asfalto y Albino Hernández Lázaro: 28 de diciembre de 2020 (consultar publicación BOAM).

Distrito de Villa de Vallecas:

  • Entorno de la calle Agustín García Malla: 6 de mayo de 2022 (consultar publicación BOAM).

Distrito de Vicálvaro:

  • Entorno de la calle Condesa Vega del Pozo: 28 de marzo de 2022 (consultar publicación BOAM).
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