Preguntas frecuentes. Plan MAD-RE - Ayuntamiento de Madrid

Preguntas frecuentes. Plan MAD-RE

Preguntas frecuentes Plan MAD-RE

Puede consultar las bases completas de la Convocatoria de subvenciones, en el siguiente enlace.

Podrá dirigir sus dudas sobre el Plan MAD-RE al número de atención ciudadana 010 o solicitar cita con los informadores urbanísticos en cada Junta Municipal de Distrito. También puede dirigir sus consultas al correo electrónico rehabilitacion@madrid.es

Las subvenciones ya están disponibles para su solicitud a través de la Sede Electrónica del ayuntamiento, así como en cualquier registro oficial. El plazo para la presentación de solicitudes en la convocatoria de 2016 termina el 30 de noviembre.

 

De acuerdo con las bases de la convocatoria, podrán incluirse obras con licencia o equivalente con fecha posterior a 1 de septiembre de 2015.

 

De acuerdo con las bases del Plan MAD-RE, es posible iniciar las obras sin esperar la concesión de subvención. Sin embargo, en los casos en que la realización de la obra se encuentre condicionada a la concesión de la subvención, puede ser prudente esperar a la concesión de la misma para su inicio.

De acuerdo con las bases de la convocatoria, podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios de edificios de viviendas o propietarios de viviendas unifamiliares. No podrán beneficiarse de las ayudas ni las administraciones, ni los organismos públicos.

 

No, la subvención se ofrece a la comunidad entera de propietarios. Esto no impide la posibilidad de acuerdos voluntarios de vecinos para que, dentro de una obra de eficiencia energética (que deberá mejorar en, al menos, una letra la certificación energética) que afecte a la totalidad del edificio, unos vecinos cambien sus ventanas o sustituyan sus calderas y otros no.

 

Podrán incluirse en las subvenciones siempre y cuando el local este dentro de una comunidad de propietarios en la que al menos el 70% este constituida por vivienda.

 Sí, como requisito se exige que el coste mínimo de la obra sea de 10.000€.

De acuerdo con las bases de la convocatoria de Plan MAD-RE, en el caso de viviendas unifamiliares el presupuesto mínimo de obra será de 10.000€, mientras que en un edifico de vivienda colectiva el coste mínimo asciende a 30.000€ o 20.000€ cuando se trate de únicamente de obras de mejora de la accesibilidad.

En general, cualquier medida que mejore la eficiencia energética del edificio: aislamiento térmico de fachadas y cubiertas, sustitución de calderas o ventanas, instalación de fuentes de energía renovable, etc, siempre con la condición de mejorar al menos una letra la calificación energética del edificio en el apartado de demanda energética. 

No, según las bases de la convocatoria del Plan MAD-RE, la opción de demolición completa del edificio y su sustitución por uno nuevo no está incluida en las actuaciones subvencionables.

 

De acuerdo con las bases de la convocatoria de Plan MAD-RE, en las APIRU los honorarios profesionales, tanto de redacción de proyecto como la dirección facultativa de la obra y los gastos de gestión tienen una subvención del 70%, con un límite de 12.000 € por edificio.

De acuerdo con las bases de la convocatoria del Plan MAD-RE, entre los costes elegibles se incluye el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y las tasas de licencia, con un máximo de 3.000 € por edificio en las APIRU.

Si, en este enlace puede acceder a la tramitación en línea. Tenga en cuenta que el límite máximo que soporta el sistmea son 13 archivos con un total de 15 Mb, por lo que es importante comprimir acrivos para bajar la resolución en los escaneos.

De acuerdo con las bases del Plan MAD-RE, no es necesaria la concesión de la licencia urbanística para solicitar la ayuda, pero sí se debe haber efectuado al menos su solicitud. La concesión definitva de la ayuda sí está condicionada a la obtención de la licencia.

De acuerdo con las bases del Plan MAD-RE, se podría incorporar la nueva documentación, siempre que ese cambio estuviera motivado. La nueva asignación estará condicionada a la disponibilidad de crédito en el Plan.

De acuerdo con las bases del Plan MAD-RE, pueden aportarse tanto las facturas originales como la fotocopia debidamente compulsada.

 

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