Prestación ambiental sustitutoria de sanciones en materia de limpieza de los espacios públicos y gestión de residuos

La prestación sustitutoria forma parte de los procedimiento sancionadores  que se tramitan en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos de forma que, cuando un ciudadano/a recibe la notificación de inicio de expediente sancionador, y siempre que la norma infringida lo permita, en esa misma notificación se informa de la posibilidad de que en un plazo de 15 días hábiles contados desde su recepción, puede acogerse al protocolo establecido para conmutar la multa por esta prestación, siempre que no se haya acogido a esta medida con anterioridad y se solicite con los requisitos contemplados en la Resolución del 30 de enero de 2023, del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos. 

Para facilitar el trámite de reconocimiento de responsabilidad tiene disponible en el apartado Información relacionada un formulario para solicitar la prestación sustitutoria, solo tiene que descargar el documento y, una vez cumplimentado, presentarlo en cualquier registro de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, en los registros de la Administración General de Estado, en los de las Comunidades Autónomas y en las demás forma previstas en el art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

También puede presentar la solicitud telemáticamente mediante Instancia General Normalizada, a través del enlace que figura en el apartado Información relacionada. En dicha Instancia deben figurar los mismos datos que se solicitan en el formulario citado.

Una vez recibido dicho escrito, siempre que se cumplan la totalidad de los requisitos, se le notificará la resolución del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos.de concesión del Protocolo.

Con posterioridad, se contactará con la persona solicitante para acordar la forma de prestación.

En todas las notificaciones aparecen los teléfonos a los que pueden dirigirse para solventar cualquier duda.

Se trata de un procedimiento administrativo sancionador, que debe tramitarse con sujeción estricta al procedimiento establecido y cumpliendo los plazos que fija la normativa que resulte de aplicación. En todo caso, el plazo para dictar resolución es de 1 año desde la iniciación del procedimiento.

Por lo tanto, los presuntos infractores deben esperar a la notificación de inicio del trámite del expediente, en la que se les informa de las pautas a seguir para solicitar la prestación ambiental sustitutoria.

Se puede comprobar la relación entre la cuantía de la sanción y las horas de prestación sustitutoria en la Resolución de 30 de enero de 2023 del Director General de Servicios de Limpieza y Residuos publicado en el BOAM nº 9315 de 1 de febrero de 2023 y que puede consultarse en el apartado Documentación asociada.

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