Planes de Gestión Sostenible del Agua

La Ordenanza de Gestión del Uso Eficiente del Agua en Madrid (OGUEACM) establece en su artículo 26 la obligación de disponer de un Plan de Gestión Sostenible del Agua (PGSA)  todos los usuarios considerados como grandes consumidores.

Se califican como grandes consumidores aquellos establecimientos industriales, comerciales y de servicios (de naturaleza pública o privada) cuyo consumo anual de agua sea igual o superior a 10.000 m3.

El Plan de gestión sostenible del agua ha de ser un documento que contenga la descripción de las zonas e instalaciones con uso de agua, las proyecciones de uso, la identificación de áreas para la reducción, reciclado, reutilización o aprovechamiento de aguas pluviales y las medidas de eficiencia a aplicar, en el que se especifiquen las metas y el cronograma de actuaciones previstas.

El cronograma ha de recoger compromisos concretos del cumplimiento de las actuaciones previstas y de la consecución de las metas propuestas en los plazos definidos.

Dicho plan tendrá una vigencia máxima de cuatro (4) años, transcurridos los cuales se habrá de presentar un nuevo plan ante el órgano municipal competente.

Cada dos años se deberá realizar una auditoría para evaluar el grado de cumplimiento del Plan de gestión sostenible del agua.

En el caso de que los establecimientos calificados como grandes consumidores dejen de serlo, deberán comunicarlo al Ayuntamiento de Madrid, mediante instancia general.

Pueden consultar la guía para la elaboración de planes de gestión sostenible del agua en el apartado documentación asociada.

 

 

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