Contadores individuales

El artículo 10 de la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid establece la obligatoriedad de instalar contadores de consumo de agua en cada vivienda, local, establecimiento o unidad de consumo susceptible de individualización.

Para la instalación de contadores divisionarios en zonas comunes del edificio, el Canal de Isabel II ofrece, a las comunidades de propietarios interesadas, la realización de un estudio orientativo, que permita determinar las actuaciones o modificaciones que deban realizarse. El estudio dará información de las obras mínimas a realizar y una aproximación de su coste.

Las solicitudes para la realización de este tipo de estudios pueden solicitarse en el Registro General del Canal de Isabel II.

Sobre las posibilidades de instalación de contadores individuales en el interior de las viviendas podrá pedirse asesoramiento a los instaladores en posesión de Carnet Profesional Autorizado o empresas autorizadas por la Comunidad de Madrid.

Subir Bajar