Preguntas más frecuentes planteadas en los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) del Ayuntamiento de Madrid
FAQ Puntos de Encuentro Familiar Estado de Alarma
Debido a la gravedad del momento actual, se ha procedido al cese de toda actividad presencial en los Puntos de Encuentro Familiar.
La atención telefónica a las familias usuarias de los PEF se mantiene. Igualmente se puede contactar por otros medios telemáticos como correo electrónico, videoconferencias.... cuando sean accesibles a las familias.
Usted puede solicitar apoyo para: buscar acuerdos relativos a ajustes en el cumplimiento del régimen de visitas con el otro/a progenitor/a; pensar y llegar a acuerdos sobre sistemas de comunicación de los hijos con su padre/madre así como formas de compensar al progenitor que se quede sin poder ver a sus hijos...
El apoyo a las familias usuarias de los PEF se mantiene mediante comunicaciones telefónicas o por otros medios telemáticos accesibles a la familia.
En la excepcional situación actual, el mantenimiento o no del régimen de visitas es una cuestión jurídica compleja sobre la que no parece existir un consenso unánime en este momento por parte de las autoridades judiciales competentes. No podemos ofrecer una respuesta concluyente en este momento. Debe consultar al respecto a su abogado/a.
Sí podemos decir que las visitas y los intercambios en el PEF están suspendidas y que en cuanto a mantener o no el régimen de intercambios, si el régimen de visitas fuera de solo unas horas al día y sin pernocta, existen posicionamientos del ámbito judicial a favor de la suspensión temporal, por no resultar ni proporcionado ni razonable con la duración de la visita el tiempo de exposición del menor en la vía pública para la entrega y recogida.
Para decidir sobre otro tipo de intercambios se atenderá al interés superior del menor como criterio a aplicar. Habrá casos en los que sea necesario proceder al intercambio (progenitor custodio enfermo u otro familiar en el domicilio...). En la medida de lo posible evitar el riesgo de contagio será el criterio que deba primar. Existen posicionamientos a favor de que los menores permanezcan en el domicilio del progenitor con el que estaban cuando se inició el estado de alarma.
Si no se cumple con el régimen de visitas establecido, se recomienda valorar posibilidades de, una vez haya pasado la situación de alerta, compensar al progenitor/a no custodio/a por el tiempo que no ha podido pasar con sus hijos. Desde el PEF le pueden ayudar a consensuar modos de hacerlo.
En los futuros informes que el equipo técnico del PEF realice a los correspondientes juzgados, se hará constar la situación actual, los motivos referidos para el incumplimiento del régimen de visitas y las recomendaciones de las autoridades sanitarias en ese momento.
Sobre visitas a familiares: las recomendaciones emitidas por el Gobierno de España indican que se deben evitar desplazamientos innecesarios evitando específicamente visitar a otras personas. Durante el tiempo que le corresponda estar con sus hijos/as deberá permanecer en su casa. Quizá pueda facilitar el contacto de sus hijos/as con esos familiares de forma telefónica o telemática. Sólo se permite el desplazamiento con menores para el cuidado de los y las menores.
Si no existe orden de alejamiento y ambos están conformes en mantener el contacto del menor con el otro progenitor se valoran alternativas en domicilios para que sólo se desplace un progenitor y el menor realice el mínimo recorrido posible.
Si existe Orden de alejamiento y ambos progenitores expresan su deseo de mantener el régimen de visitas, pueden gestionar un cambio en el lugar o forma de la entrega y recogida a través de sus abogados. Nos consta la dificultad que algunos abogados están teniendo por encontrarse en cuarentena y/o de baja.
En la excepcional situación actual, el mantenimiento o no del régimen de visitas es una cuestión jurídica compleja sobre la que no parece existir un consenso en este momento. No tenemos indicaciones ni certezas al respecto por parte de las autoridades judiciales competentes y no podemos ofrecer una respuesta concluyente en este momento. Debe consultar al respecto a su abogado/a.
No obstante, le sugerimos que tenga en cuenta aspectos como: el propio carácter excepcional e imprevisto de esta situación, la seguridad y el bienestar de sus hijos/as y de todas las personas implicadas, el sentido común, la practicidad de las decisiones que vaya a adoptar y la posibilidad de intentar primero alternativas no contenciosas para abordar esta situación. En esto último le podemos ayudar.
Siempre que no exista orden de alejamiento los profesionales del PEF pueden hacer de intermediarios con los progenitores para que puedan alcanzar acuerdos sobre (horarios, modalidades, etc.) comunicaciones con los hijos por teléfono, videoconferencias
Si no vives con el agresor pero te molesta, presiona o amenaza por teléfono u otros medios, habla con tu abogado/a. Si no puedes hacerlo, llama al 900 222 100 o escribe al savg24h@madrid.es
Si tu maltratador tiene una medida de prohibición de comunicación y aun así te sigue molestando, informa a tu abogado o abogada o al agente policial que lleva el seguimiento de tu caso. No olvides que el quebrantamiento es un delito estemos o no en situación de alarma y puedes denunciarlo ante las autoridades policiales y judiciales.
Guarda en tu dispositivo móvil el registro de sus llamadas o mensajes como prueba del quebrantamiento, ya que cualquier contacto es un delito por contravenir la prohibición de comunicación.
¡¡¡ La actividad tanto de los cuerpos policiales como judiciales no está suspendida para estos casos de violencia contra la mujer.!!!
http://www.violenciagenero.igualdad.gob.es/informacionUtil/covid19/home.htm
Puesto que el Estado de Alerta, de momento, se prolonga más allá de las vacaciones de Semana Santa, el equipo técnico podrá mediar, según el caso, para la gestión de las entregas y recogidas fuera del PEF, priorizando la consecución de acuerdos para que se busquen alternativas de entrega y recogida o de compensación posterior por los días perdidos. Consulte con su profesional de referencia en su PEF.
Actualmente, no podemos responder con exactitud a esas preguntas debido a la situación excepcional y cambiante en la que nos encontramos, pero en cuanto se permita el normal funcionamiento de los PEF nos pondremos en contacto telefónico con cada padre y cada madre para programar la forma de retomar la rutina en el régimen de visitas lo antes posible.
En cuanto a altas nuevas, si bien en un futuro se va a ampliar el horario de atención en PEF y esto nos permitirá atender a mas familias, nos resulta imposible decir el tiempo de espera.
Cuando se reanude la actividad, puede llamar al Departamento de Familia del Ayuntamiento de Madrid 91 480 16 14 y confirmar que su expediente nos ha llegado correctamente.