Situado en el kilómetro 27 de la calzada exterior en sentido este-oeste, sustituye al cinemómetro que quedó inoperativo, en el mismo punto en 2018, tras un accidente

El Ayuntamiento activa desde el lunes el período de aviso del nuevo radar multicarril de la M-30

Nota de prensa 04/08/2019
  • El nuevo radar grabará todos los carriles de la vía y no sólo de uno de ellos, como ocurría hasta hace un año
  • Los excesos de velocidad detectados por este dispositivo hasta el 6 de octubre serán objeto de una comunicación meramente informativa sobre el tipo de sanción, la cuantía de la multa y la importancia de respetar la normativa de tráfico
  • Transcurrido el período de aviso, los excesos de velocidad que se detecten tendrán la consideración de infracción y llevarán aparejada la incoación de la correspondiente sanción, cuyo importe mínimo son 100 euros

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El Ayuntamiento de Madrid, a través de la dirección general de Gestión y Vigilancia de la Circulación del área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, activa con carácter informativo, el lunes 5 de agosto, el período de aviso para la tramitación de las denuncias generadas por el nuevo radar multicarril que se ha instalado en el kilómetro 27 de la calzada exterior, sentido este-oeste de la M30, pasada la avenida de la Ilustración. Este dispositivo, que sustituye al hasta ahora existente, es capaz de detectar excesos de velocidad en todos los carriles de la vía, a diferencia del anterior, que sólo fotografiaba uno.

Como se trata de un cinemómetro nuevo, con características singulares y precisas que lo hacen diferente del que funcionaba hasta ahora, procede la apertura del periodo de aviso previo a la imposición de sanciones al que hace referencia el artículo 247 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. Se establece por tanto una fase informativa que se extenderá hasta el 6 de octubre de 2019. Hasta entonces, los excesos de velocidad detectados por este radar serán objeto de una comunicación meramente informativa sobre el tipo de sanción, la cuantía de la multa y la importancia de respetar la normativa de tráfico para la seguridad y convivencia vial. A partir del 6 de octubre, las infracciones por superar los 90 kilómetros por hora permitidos en este punto llevarán aparejada la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, cuyo importe mínimo es de 100 euros.

La comunicación, que tendrá carácter meramente informativo, incluirá:

a)     Las razones que han motivado la instalación del dispositivo o de la puesta en marcha del procedimiento sistemático de control en la ubicación concreta.

b)     La fecha prevista para la efectiva operatividad del dispositivo.

c)     El tipo de sanción, cuantía de la multa  y, en su caso, de los puntos que le serían detraídos por la infracción cometida a partir de la puesta en funcionamiento efectivo del dispositivo.

d)     La importancia de respetar la normativa de tráfico y seguridad vial. 

El histórico de multas del radar que se sustituye tras un accidente que lo dejó inoperativo en 2018 es el siguiente: en 2014 registró 5.337 denuncias; en 2015, 4.829; en 2016, 7.472, y en 2017, 4.614. Por este punto pasan 31.000 vehículos de media al día./

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