Artículo 34 – Obras de construcción, demolición y otros trabajos en el exterior.

Sí, el plan de obras se debe realizar para aquellas de nueva edificación, demolición y movimiento de tierras realizadas en el medio ambiente exterior. En la tramitación del procedimiento se comprobará la existencia de este plan y su contenido deberá incluir lo establecido en el artículo 34.

Sí, siempre y cuando se vayan a producir la emisión de gases producto de la combustión, partículas, olores y otros contaminantes a la atmósfera.

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