Beneficios de la inscripción en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos

La inscripción de las entidades y colectivos en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos, implicará la posibilidad de obtener los siguientes beneficios, de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso:

  • Formación y capacitación por parte de la administración municipal, en el caso de las entidades y colectivos de la sección 1ª (asociaciones y federaciones), 2ª (fundaciones) y 3ª (otros colectivos), dando prioridad a las entidades y colectivos de las secciones 1ª y 3ª.
  • Asesoramiento por parte de la administración municipal, en el caso de las entidades y colectivos de la sección 1ª, 2ª y 3ª.
  • Participación en espacios de encuentro organizados por la administración municipal, en el caso de las entidades y colectivos de la sección 1ª, 2ª y 3ª, primándose el acceso a las entidades y colectivos de las secciones 1ª (asociaciones y federaciones) y 3ª (otros colectivos).
  • Facilidades para el uso puntual de espacios públicos y de recursos materiales del ayuntamiento, en el caso de las entidades y colectivos de la sección 1ª, 2ª y 3ª, dando prioridad a las entidades y colectivos de las secciones 1ª (asociaciones y federaciones) y 3ª (otros colectivos). A estos efectos se entiende por uso puntual el relativo a la realización de actividades tales como reuniones, conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos de naturaleza análoga.
  • Bonificaciones o exenciones de tasas para la realización de actividades no lucrativas, en el caso de las entidades y colectivos de la sección 1ª, 2ª y 3ª.
  • Cesión de inmuebles y de recursos materiales del ayuntamiento, en el caso de las entidades de la sección 1ª (asociaciones y federaciones).
  • Obtención de subvenciones, en el caso de las entidades de la sección 1ª (asociaciones y federaciones).
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