Calidad del Agua de Consumo en Grifo. Servicios prestados

Foto de agua grifo

Hay que tener en cuenta que en relación a la calidad del agua en:

  • el autocontrol del agua de consumo en la Red de Distribución y la acometida, es responsabilidad del Canal de Isabel II Gestión.
  • la red interior de la instalación es responsabilidad de las personas/entidades propietarias de inmuebles y establecimientos con actividades comerciales o públicas.
  • el control del agua en el grifo de la persona consumidora es competencia de Madrid Salud.

Inspección y toma de muestras

  • En la red de distribución con periodicidad mensual y conjuntamente con el Canal de Isabel II Gestión, en las estaciones oficiales de muestreo situadas en los distintos distritos de la capital y en los depósitos del Canal de Isabel II.
  • En instalaciones de titularidad municipal:
    • Colegios y Escuelas Infantiles públicos.
    • Centros de Mayores y de Día.
    • Polideportivos municipales en los que además realizamos el autocontrol de Legionella en el agua caliente sanitaria en cumplimiento del Real Decreto 865/2003.
    • En los Centros integrantes de la Red de Centros Municipales de Acogida a Personas sin Hogar.
  • En las fuentes de beber en parques, jardines y zonas verdes para garantizar la seguridad sanitaria, encoordinación con el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
  • En los avisos relativos a la calidad del agua (presencia de color, olor, sabor o características no comunes en el agua o control de potabilidad) de las instalaciones del interior de las viviendas, establecimientos, edificios privados o públicos.

Se recibe el aviso, evaluando las posibles causas de la incidencia con objeto de determinar las actuaciones a llevar a cabo, y nos ponemos en contacto con la persona que realiza el aviso para informarle de todo ello y, en su caso, concertar una cita para recoger la muestra. Si es un particular se le informa del importe de la tasa correspondiente.

Se comunica al Canal de Isabel II el aviso recibido, para que revisen la acometida y la red de distribución, si procede por considerar que la incidencia puede encontrarse en aquéllas.

Se toman muestras del agua en el grifo y, en caso oportuno se llevan a cabo las correspondientes comprobaciones.

  • En los casos de un brote de origen alimentario o una alerta alimentaria en establecimientos de restauración social. El agua de consumo puede estar implicada en el proceso de elaboración de alimentos o ser vehículo de un brote.
  • Plomo: para determinar el contenido de plomo en agua de consumo procedente de las conducciones en edificaciones anteriores a 1980.

Análisis de las muestras del agua de consumo en grifo

  • Realizar los análisis mediante técnicas acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y adecuando la oferta analítica a las necesidades de la sociedad y a las actualizaciones normativas: 

Análisis físico-químico de los caracteres organolépticos (olor, color, sabor y turbidez), de los parámetros indicadores (cloro, hierro, etc.) y parámetros químicos (nitritos, plomo, etc.), de los indicadores del grado de desinfección y del tratamiento de potabilización del agua de consumo. 

Análisis microbiológico para determinar la presencia de microorganismos indicadores en cantidades que puedan suponer un riesgo para la salud, con atención prioritaria a los brotes y alertas de origen microbiológico.

  • Elaborar el informe de resultados analíticos obtenidos en los análisis físico-químicos y/o en los análisis microbiológicos. 
  • Elaborar el informe técnico que evalúe la conformidad de los resultados analíticos de acuerdo con la legislación vigente, su aptitud para el consumo.
  • Enviar los microrganismos patógenos aislados en las muestras del agua, relacionadas con brotes y alertas de origen microbiano, al Laboratorio Nacional de Referencia para su estudio genético.

Notificación de los resultados

  • Notificar a las personas o entidades los informes y resultados del análisis e informar de las medidas correctoras que deban adoptarse cuando se hayan detectado deficiencias.
  • Notificar al Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) los datos generados y mantener actualizada la información. 

Medidas a adoptar en los casos de incumplimiento en las analíticas del agua de consumo 

Cuando en el análisis practicado a las muestras del agua se detecta la no conformidad con la normativa de alguno de los parámetros analizados, se procederá a tomar las siguientes medidas de protección y corrección:

  • Investigar el motivo del incumplimiento, procediendo, en su caso, a tomar muestras de confirmación.
  • Si es en la red de distribución o acometida, requerir a Canal de Isabel II Gestión para que investigue y tome las medidas correctoras oportunas, a la mayor brevedad, debiendo remitir posteriormente un informe al Ayuntamiento de Madrid con todos los datos necesarios para comprobar la efectividad de las medidas tomadas.
  • Informar a las personas o entidades receptoras del servicio, en los casos de que el agua se califique como “no apta para el consumo”, de que no la usen para beber ni cocinar.
  • Instar a las personas o entidades propietarias de las instalaciones interiores para que revisen el estado de las mismas y tomen las medidas correctoras necesarias para evitar la alteración de la calidad del agua.

Información:

  • Informar sobre las cuestiones generales relacionadas con los servicios prestados.
  • Informar sobre dónde y cómo presentar un aviso por incidencia en la calidad del agua.

Esta información se encuentra a disposición de la Ciudadanía en los siguientes canales de información:

Sugerencias, felicitaciones y reclamaciones: 

  • Gestionar las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones remitidas por la ciudadanía.
  • Informar sobre su estado de tramitación. 

Los canales establecidos para la presentación de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones son: 

  • En la página web:www.madrid.es/contactar.
  • Los teléfonos gratuitos 010 o 914 800 010. Desde fuera de Madrid, sólo el último.
  • Las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid.
  • Las Oficinas de Registro.
  • El Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
  • El correo (postal o electrónico) dirigido al órgano directivo responsable o unidad prestadora del servicio, cuyos datos de localización y contacto se recogen al final de este documento.  

El horario de atención al público en las oficinas del Departamento de Inspección Central, Aguas de Consumo y Transporte Alimentario y del Departamento del Laboratorio de Salud Pública es de lunes a viernes, de 9:00 h a 14:00 h.

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