Como realizar la inscripción en una convocatoria de procesos selectivos
Todas las personas que participen en procesos selectivos para el acceso a la condición de empleado público del Ayuntamiento de Madrid están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos.
Las solicitudes se deberán presentar exclusivamente en el Registro Electrónico General a través del trámite de solicitud de admisión a pruebas selectivas habilitado en la Sede electrónica.
El proceso se realiza en dos pasos.
1. Pago telemático y obtención de la autoliquidación correspondiente, que recibirá en el correo electrónico indicado. También puede descargarla al finalizar el pago de la tasa.
2. Cumplimentación, firma y registro de la solicitud, a la que debe adjuntar la autoliquidación, y firmarse electrónicamente.
Tenga especial cuidado porque el trámite finaliza cuando se produce la firma y entrada en el registro, y no cuando se haya efectuado el pago.
El plazo de presentación de instancias comienza el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Desde el primer día del plazo estará disponible en la sede electrónica la solicitud de participación para que pueda usted presentarse, accediendo al trámite solicitud de admisión a pruebas selectivas
- Se requiere identificación y firma electrónica (Certificado o DNIe . Cl@ve PIN. Cl@ve Permanente con SMS). Más información en Identificación y firma electrónica - Gestiones y Trámites
- Tarjeta de crédito o débito válida
En caso de que las solicitudes se presenten por los aspirantes en formato papel en cualquier oficina de registro del Ayuntamiento de Madrid o de otra Administración Pública, el órgano gestor notificará la necesidad de subsanación de la solicitud. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación mediante la presentación por medios electrónicos utilizando el aplicativo establecido. Dicha subsanación deberá realizarse dentro del plazo inicialmente concedido para la presentación de solicitudes, ya que la no presentación por medios electrónicos dentro del plazo supone la exclusión del proceso selectivo.
Si, se deberá utilizar la acreditación electrónica del representante y luego rellenar el campo relativo a los datos del interesado.
En caso de actuar como representante deberá aportar la documentación que lo acredite. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Antes de iniciar el proceso, se recomienda leer el Manual de tramitación para la solicitud de admisión a pruebas selectivas: Manual de tramitacion
Tenga en cuenta que:
- Se requiere identificación y firma electrónica (Certificado o DNIe . Cl@ve PIN. Cl@ve Permanente con SMS). Más información en Identificación y firma electrónica - Gestiones y Trámites
- Tarjeta de crédito o débito válida.
El procedimiento es el siguiente:
- Acceder a la convocatoria del proceso selectivo en cuestión, a través del enlace disponible en el apartado “Tramitar. En línea” trámite solicitud de admisión a pruebas selectivas
- Abonar la tasa de derechos de examen. Recuerde que aunque el importe resultante sea 0€, debe generar la autoliquidación.
- Rellenar la solicitud de admisión y validar los datos introducidos.
- Adjuntar el justificante de pago de la tasa.
- Firmar electrónicamente y registrar:
- Descargar justificante.
Debe abonar en primer lugar la tasa (aunque el importe a pagar sea 0€), ya que necesita el identificador de la autoliquidación y el justificante de la misma para adjuntarlo a la solicitud de admisión.
No obstante, los solicitantes dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución por el que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos, para subsanar la falta de pago o cualquier otro defecto relacionado con el pago de la tasa que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa en las listas.
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo
Sí, en la actualidad, existen reducciones del 100 por cien en los siguientes casos:
- Demandante de empleo, con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva en el Boletín Oficial del Estado.
- Víctimas de violencia de género.
- Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
- Miembros de familias monoparentales.
Por otra parte, están exentos del pago de la tasa las víctimas del terrorismo, el cónyuge y sus ascendientes o descendientes, por naturaleza o adopción. A los efectos del disfrute de esta exención, se equipara al cónyuge a quien conviva o hubiera convivido con la víctima con análoga relación de afectividad y acredite su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Los miembros de familias numerosas con carné vigente tienen las siguientes bonificaciones:
- Categoría general: 50 por cien.
- Categoría especial: 100 por cien.
Si se opone a la consulta de datos o documentos de otras administraciones, tiene que adjuntar la documentación que acredite tal situación:
- Demandante de empleo: certificado de desempleo emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda.
- Víctima de violencia de género: resolución judicial u orden de protección dictada a favor de la víctima o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de violencia de género, hasta que se dicte la orden de protección, o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición, de conformidad con la normativa vigente.
- Personas en situación de discapacidad igual o superior al 33 por ciento: tarjeta del grado de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.
- Familias monoparentales:
- Certificado de empadronamiento familiar que acredita la no convivencia con otro progenitor o pareja de progenitor (matrimonial o de hecho).
- Libro de familia donde conste:
- Un único progenitor y los hijos del mismo.
- Los hijos y certificado de defunción del otro cónyuge en caso de viudedad.
- Los hijos y sentencia judicial de separación, divorcio o nulidad, o de relaciones paterno-filiales, siempre y cuando no se establezcan en la misma pensiones compensatorias o de alimentos o, habiéndose establecido, se acredite el impago de las mismas mediante sentencia, denuncia o demanda.
- Víctimas del terrorismo: certificado emitido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la identificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.
- Familias numerosas: certificado o carné vigente expedido por el órgano competente.
Debe efectuar en primer lugar el trámite de abono de la tasa (aunque el importe a pagar sea 0€), ya que necesita el identificador de la autoliquidación y el justificante de la misma para adjuntarlo a la solicitud de admisión.
Al rellenar la autoliquidación, marque la casilla correspondiente (en la solicitud tendrá que autorizar la consulta de datos o adjuntar la documentación que acredite tal situación).
Todos los solicitantes deben presentar obligatoriamente la autoliquidación (aunque esta resultara por importe de 0 euros).
- Si es beneficiario de una reducción, exención o bonificación de la tasa y se opone a la consulta de datos o documentos a otras administraciones, debe adjuntar la documentación que acredite tal circunstancia, disponible en la pregunta “¿Existe alguna reducción en la cuantía por derechos de examen?”.
- Si solicita adaptación de medios o tiempos para la realización de pruebas deberá adjuntar certificado médico justificativo de la misma.
- En su caso, cuando las bases de la convocatoria indiquen que hay que incluir alguna otra documentación específica.
Los aspirantes que deseen solicitar adaptación de tiempo o medios deberán indicarlo al rellenar la solicitud, en el apartado “Adaptaciones solicitadas”. Además, deberán adjuntar a la solicitud, certificado médico justificativo de la misma.
Puede adjuntar hasta un máximo de 13 documentos (hasta 15 MB en total y un máximo de 10 MB por documento) con las siguientes extensiones: accdb, bmp, csig, css, csv, dgn, doc, docx, dot, dsig, dwg, dxf, gif, gml, gzip, htm, html, iee, jpeg, jpg, mdb, mht, mhtml, odg, odp, ods, odt, pdf, png, pps, ppt, pptx, p7s, rar, rfa, rtf, rvt, shp, sig, svg, tar, tif, tiff, txt, xhtml, xls, xlsx, xlt, xml, xsig, zip.