Entidades colaboradoras urbanísticas (ECU)

Las ECU son entidades privadas debidamente habilitadas para colaborar en la realización de actuaciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa en el ámbito urbanístico municipal.

Para llevar a cabo estas funciones, las ECU, deberán contar con los requisitos siguientes:

  1. Acreditación concedida por la Entidad Nacional de Acreditación, ENAC
  2. Homologación por parte de la Comunidad Autónoma de Madrid.
  3. Autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid con el cumplimiento de los requisitos contenidos en el art. 7 del Reglamento 7/2022, de 26 de abril, por el que se establece el régimen de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas de Verificación, Inspección y Control.

Mediante la Orden 639/2014, de 10 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, se regula la personalidad jurídica de estas entidades privadas, sus funciones y su atribución como colaboradoras de la Administración Local.

El sistema de colaboración a través de una ECU, es voluntario para el particular, quién libremente podrá decidir si desea gestionar su solicitud directamente ante el Ayuntamiento de Madrid o bien acudir a una ECU autorizada por el mismo.

Las entidades colaboradoras pueden intervenir en cualquier actuaciónsalvo en los siguientes casos:

  • en actuaciones que requieran licencias temporales
  • en actuaciones que requieran licencias provisionales
  • en actuaciones en situación de fuera de ordenación absoluta
  • en la comprobación para el funcionamiento de actividades incluidas en la legislación autonómica en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
  • en actuaciones que se realicen sobre el dominio público excepto que se trate de locales individuales en mercados municipales sujetos a régimen de concesión, o actuaciones relativas a la ocupación del dominio público con medios auxiliares

Las ECU deberán tarifar sus actuaciones respetando el límite máximo fijado por el Ayuntamiento. 

Consulte la relación de Entidades Colaboradoras Urbanísticas (ECU)

Respecto a los precios de las Entidades Colaboradoras Urbanísticas para el año 2024, el Acuerdo de 5 de octubre de 2023 de la Junta de Gobierno establece el importe máximo y mínimo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras urbanísticas, el régimen de pago y los descuentos que se recogen en los Anexos I, II, III y IV del apartado documentación asociada. Además, la Resolución de 3 de noviembre de 2023, da publicidad a los precios a percibir por las entidades colaboradoras urbanísticas para el ejercicio 2024, en relación con las declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias que se detallan en el anexo de esta resolución (ver documentación asociada).

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