La deuda de 171 millones de la Comunidad continúa pendiente de pago
- La deuda registrada por la Agencia Tributaria, en base a datos de septiembre de 2015, es de 171.506.756 euros
- Más de 120 millones corresponden a la tasa por retirada y depósito de vehículos. Esta deuda se contrajo hasta 2012, año en el que se dejó de exigir este tributo por sentencia del Tribunal Supremo
- El Ayuntamiento de Madrid manifiesta su voluntad de colaborar para buscar soluciones en bien de la ciudadanía madrileña y reactivar para ello los grupos de trabajo que sean necesarios
Los cálculos de la Agencia Tributaria municipal colocan la deuda acumulada por la Comunidad de Madrid con el Ayuntamiento de Madrid en los 171,5 millones de euros. La cantidad procede de tributos y otros conceptos pendientes de pago.
El Ayuntamiento hizo públicos hace varias semanas los datos de la deuda pendiente de la Comunidad, procedente de pagos no liquidados de impuestos, tasas, multas y otros conceptos, correspondiente a la Comunidad Autónoma de Madrid, la Agencia de Vivienda Social (antes Instituto de la Vivienda de Madrid IVIMA) y otros Organismos Autónomos dependientes de la misma.
De los más de 171,5 millones de euros, la parte más importante, algo más de 120 millones, corresponde a pagos por la tasa por traslado y depósito de vehículos. La modificación que incorporó una exigencia de la tasa a la Comunidad entró en vigor el 1 de enero de 2008.
La Ordenanza fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que estimó parcialmente en 2009. Tras un recurso de casación, el Tribunal Supremo dictó sentencia firme en 2012. A partir de la notificación de esa sentencia, quedó anulada la modificación de la ordenanza y dejaron de reclamarse pagos a la Comunidad por la tasa de retirada y depósito de vehículos.
Si bien la Sentencia del TS declara la nulidad de la modificación de la Ordenanza de 2008, "los actos firmes o consentidos dictados al amparo de la misma no se ven afectados, esto es, deben mantenerse aquellos dictados con anterioridad a la notificación de la sentencia por no haberlo prohibido expresamente la sentencia", según lo establece el artículo 19 de la Ley de Haciendas Locales. Lo anterior significa que los 120 millones acumulados entre 2008 y 2012 son deuda viva, de acuerdo a la interpretación que hace la Agencia Tributaria municipal en base a ese artículo.
El Ayuntamiento de Madrid manifiesta su voluntad de colaborar para buscar soluciones en bien de la ciudadanía madrileña y reactivar para ello los grupos de trabajo que sean necesarios.