La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Plaza Elíptica comienza a funcionar este miércoles
- El sistema de control de acceso por cámaras funcionará durante dos meses en fase de aviso, pero se establecerán controles aleatorios de agentes de movilidad que podrán denunciar a los vehículos con paso y circulación limitados
- Los residentes de los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas (Carabanchel), de Moscardó y Zofío (Usera) con vehículos A adquiridos antes del 1 de abril de 2021 no se ven afectados por las nuevas restricciones
- Los vehículos con categoría B y C pueden entrar, estacionar y circular por el interior de la ZBEDEP sin limitaciones
- El 22 de diciembre también se equiparan los criterios de acceso y circulación para comerciantes y residentes en la ZBEDEP Distrito Centro
La plaza Elíptica y su entorno es la zona de Madrid que peores registros de dióxido de nitrógeno (NO2) acumula en el histórico de la red municipal. En 2020, la estación de medición de calidad del aire que allí se ubica fue la única que infringió el límite anual que establece la directiva europea para este compuesto químico nocivo que genera, principalmente, el tráfico motorizado. Para mejorar la calidad del aire de este enclave, el Ayuntamiento de Madrid ha creado, a través de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, la nueva Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica, que entrará en vigor el próximo miércoles, 22 de diciembre. Su aplicación supondrá una reducción del tráfico del 18 %, llegando a eliminar 1.472 vehículos en hora punta de la mañana.
Esta ZBEDEP está regulada en el artículo 24 y el Anexo IV de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) para proteger la salud humana y el medio ambiente urbano. Esta ZBEDEP restringe la circulación a todos los vehículos sin etiqueta ambiental. El control de accesos se llevará a cabo de forma automática y también de forma manual si en cualquier momento un agente de la autoridad para a un automóvil y no cumple con los requisitos para circular por la zona.
Tal y como establece el artículo 242 de la normativa, el Ayuntamiento deberá conceder dos meses en fase de aviso antes de que el sistema automático de control de cámaras comience a emitir sanciones, por tanto, desde el 22 de diciembre y hasta el 22 de febrero a las 23:59 horas no se enviarán multas a los titulares de vehículos que hayan sido captados de manera telemática cometiendo una infracción. Durante este tiempo, se remitirá una comunicación de carácter meramente informativo donde se especificarán las razones que han motivado la regulación de la ZBEDEP, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía de la sanción.
Sin embargo, en ese periodo de transición, los conductores no están exentos de poder ser denunciados a través de agentes de la autoridad por incumplimiento de la ordenanza. Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad que dirige Borja Carabante se ha establecido un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la ordenanza. Los efectivos se situarán en puestos aleatorios de la zona.
El acceso no permitido a la ZBEDEP Plaza Elíptica constituye una infracción leve de tráfico, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c), y puede ser sancionado conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago.
Funcionamiento de la nueva ZBEDEP
El perímetro de la ZBEDEP Plaza Elíptica queda delimitado por las vías de Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.
La circulación por el perímetro es libre para todos los vehículos, indistintamente de la clasificación ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT), pero el acceso y circulación a su interior queda restringido, incluyendo el tramo de la autovía A-42, a los vehículos A, es decir, aquellos que no cuentan con etiqueta ambiental por ser altamente contaminantes (diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000).
Moratoria para determinados A hasta diciembre de 2024
Quedan exentos de esta restricción los vecinos que dispongan, en régimen de propiedad o usufructo, de un vehículo A con fecha 1 de abril de 2021 o previa y estén empadronados en los barrios de Abrantes, Opañel y Comillas del distrito de Carabanchel y en los barrios de Moscardó y Zofío de Usera. Se incluye en esta excepcionalidad a aquellos que, con posterioridad a dicha fecha, adquieran un vehículo A a título de herencia por fallecimiento de su titular. Bajo estas circunstancias, se podrá acceder y circular por la ZBE Plaza Elíptica hasta el 31 de diciembre de 2024.
También cuentan con esta misma moratoria los vehículos turismo que indiquen las empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBEDEP Plaza Elíptica o se desarrollen en los mercadillos municipales ubicados en dicha ZBEDEP hasta el 31 de diciembre de 2024.
Se incluyen en este conjunto de excepciones los vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (PMR), siempre que figuren de alta como autorizados en el sistema de gestión de accesos a plaza Elíptica y exhiban reglamentariamente la respectiva tarjeta de estacionamiento PMR y los A que necesiten entrar en esta zona para dejar o recoger alumnos de educación infantil, primaria y secundaria en un centro situado en el interior de la ZBE.
Existen prórrogas temporales para otras casuísticas de vehículos que se pueden consultar en este enlace.
Se han situado 25 cámaras en el perímetro para el control de accesos indebidos en la calle de Marcelo Usera 150 (dos); Juan Español, 38; San Nicomedes, 143; A-42 sentido Toledo (dos) y sentido Madrid (dos); paseo de Santa María de la Cabeza, 168 (dos); Antonio Leyva, 86 (dos); Évora, 14; Antonia Lancha, 7; avenida de Oporto, 6 (dos); Viana, 3; avenida de Abrantes frente al 1 y 15; Vía Lusitana, 56 (cuatro); calle San Filiberto con vuelta a Manuel Noya, y avenida Princesa Juana de Austria.
Mismos criterios de acceso para comerciantes y residentes
Con el objetivo de compatibilizar la lucha contra las emisiones contaminantes y el desarrollo de la actividad económica, el Ayuntamiento de Madrid equipara desde el próximo miércoles también los criterios de acceso y circulación para comerciantes y residentes en la ZBEDEP Distrito Centro. Esta medida, exigida por el sector empresarial, afectará a los vehículos turismo cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior del distrito de Centro o se desarrollen en los mercadillos municipales situados en dicha ZBEDEP y los de las personas invitadas por éstos.
Existen, además, otros criterios de acceso a la zona que prevén determinadas excepciones, que afectan a residentes, empresas y autónomos, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos y supuestos y que se pueden consultar aquí.
Madrid ZBE, a partir del 1 de enero
La última zona con restricciones a los A contemplada en la OMS, la que convertirá todo el territorio de Madrid en ZBE, entrará en vigor el próximo 1 de enero. Irá restringiendo el acceso y circulación a estos turismos de manera progresiva hasta el 1 de enero 2025. El calendario de aplicación por anillos territoriales es el siguiente:
- Desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido el acceso y circulación a todos los turismos A que no estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT y que figuren de alta en el Padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30 a estos mismos vehículos.
- Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE a los vehículos mencionados.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los A domiciliados en Madrid.
La regulación de Madrid ZBE y de las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica responde a la necesidad de promover la sostenibilidad en la ciudad para combatir la contaminación y proteger la salud pública, compatibilizándolo con el desarrollo de la actividad económica. /
Más información en www.madrid360.es