El Ayuntamiento de Madrid decreta la suspensión de terrazas de hostelería y restauración
- Queda suspendida, igualmente, la tasa que deben pagar los hosteleros y restauradores
- La medida se implanta del 13 de marzo hasta el momento que se supriman las medidas excepcionales adoptadas para contener la evolución de la enfermedad
El Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las instrucciones recibidas de las autoridades sanitarias para evitar la propagación del coronavirus SARS-CoV-2, ha emitido un decreto por el que se suspende la actividad de las terrazas de hostelería y restauración desde el día de hoy, 13 de marzo, y hasta que se supriman las medidas adoptadas para contener la evolución del coronavirus.
El Ayuntamiento de Madrid toma esta decisión atendiendo a la recomendación emitida por parte de las autoridades sanitarias de suspender “las actividades grupales así como evitar la presencia de los ciudadanos en espacios en los que se concentre gran cantidad de gente, manteniendo siempre la distancia de seguridad”.
El decreto señala también que dicha suspensión lleva aparejada la anulación de la tasa incluida en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, de 9 de octubre de 2001.
El Gobierno municipal adopta esta medida acogiéndose a lo establecido en el artículo 24 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración de 30 de Julio de 2013 que dicta que “las autorizaciones de terrazas podrán modificarse de oficio durante su plazo de vigencia o suspenderse temporalmente cuando concurran circunstancias que justifiquen un cambio en las condiciones de la autorización vigente o una suspensión temporal, sin que se genere derecho a indemnización”. /