El Ayuntamiento aprueba rebajar 63 millones los impuestos a empresas que mantengan el empleo
- Se aprueba una bonificación del 25 % en la cuota del Impuestos de Bienes Inmuebles a más de 106.000 comercios y establecimientos de ocio y hostelería
- En el Impuesto de Actividades Económicas, se aprueba una bonificación del 25 % en la cuota del año 2020, también condicionada al mantenimiento del empleo
- Almeida insta al Gobierno a que modifique la Ley de Estabilidad para introducir nuevos supuestos de aplicación del superávit a acciones de lucha contra la pandemia y poder destinar 400 millones a medidas contra los efectos de la pandemia
- Entre otras medidas excepcionales, se cierran las Oficinas de Atención Ciudadana, se decreta el teletrabajo para empleados municipales excepto servicios esenciales, se suspende la celebración del Rastro, se decretan las bodas a puerta cerrada en espacios municipales y los servicios funerarios municipales prohibirán los velatorios en casa de fallecimientos por COVID-19
El Ayuntamiento de Madrid ha decidido impulsar un paquete de medidas fiscales con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se pueden producir en determinados sectores de la economía de la ciudad especialmente perjudicados por la pandemia por coronavirus de COVID-19.
En este sentido, con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, se considera que los inmuebles destinados a los usos de ocio y hostelería y comercial son de especial interés o utilidad municipal por circunstancias de empleo. A tal efecto, tendrán derecho a una bonificación de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles (IBI) del 25 % que estará condicionada al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo. Esta bonificación se estima que puede beneficiar a más de 106.000 comercios y establecimientos de ocio y hostelería, con un impacto estimado de 53 millones. La bonificación prevista en esta disposición deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020.
Bonificación del 25 % en el IAE
Además, con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, tendrán derecho a una bonificación de la cuota íntegra del Impuesto sobre Actividades Económicas del 25 % los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal por determinados epígrafes: Ocio y Restauración, Agencias de Viaje, Comercial y Grandes Superficies. La bonificación prevista en esta disposición deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020 y también estará condicionada al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo. Esta bonificación se estima que puede beneficiar a más de 14.684 empresas, con un impacto estimado de 10,1 millones de euros.
Moratoria en los tributos a los ciudadanos
El Ayuntamiento de Madrid, consciente de que la situación actual dificulta la movilidad de los ciudadanos y empresas, ha establecido una moratoria para facilitar el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y la Tasa de Cajeros Automáticos, cuyo pago está previsto para el período entre el 1 de abril y el 1 de junio de 2020. De esta manera, se retrasa el abono voluntario de los mismos un mes, de forma que comience de forma que comience el periodo voluntario el 1 de mayo y finalice el 30 de junio.
Uso del superávit para luchar contra los efectos de la pandemia
El Consistorio ha instado al Gobierno de la nación a que modifique el marco normativo y tome las medidas normativas que sean necesarias, si es necesario mediante la tramitación urgente de una modificación de la Ley de Estabilidad, para introducir nuevos supuestos de aplicación del superávit a acciones de lucha contra la pandemia y para atenuar las consecuencias económicas.
Para ello, se propone que los gastos realizados por las entidades locales destinados a dichos fines no computen a efectos de la regla de gasto y de capacidad de financiación y se puedan financiar con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del presupuesto. Remanente que dejaría de tener como finalidad preferente la amortización de deuda anticipada prevista en la Ley de Estabilidad, siempre que la entidad local haya atendido a las amortizaciones ordinarias. De esta manera, además no se menoscabaría la capacidad del Ayuntamiento para nuevas Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS).
Así, los 400 millones de euros que el Ayuntamiento habría de destinar a amortización anticipada de deuda procedentes del remanente de tesorería, se podrían utilizar para financiar medidas que se pongan en marcha para paliar los efectos de la pandemia. Sólo la cantidad que no se dedique a este fin debería destinarse a amortización de deuda. Además, esto no afectaría a la posibilidad de financiar nuevas IFS en 2020 con cargo al superávit.
Otra medidas excepcionales
Asimismo, la Junta de Gobierno celebrada hoy también ha aprobado una serie de medidas excepcionales que afectarán a los servicios municipales así como al resto de la ciudadanía:
- Se cierran las Oficinas de Atención Ciudadana (Línea Madrid).
- Se decreta el teletrabajo a todo el personal municipal, excepto servicios esenciales.
- Suspensión de la celebración del Rastro así como la prohibición de la celebración de mercadillos públicos.
- Se establece la celebración de las bodas en espacios municipales a puerta cerrada, limitando el acceso a novios, testigos y familiares de primer grado.
- Los Servicios Funerarios municipales tienen prohibida la celebración de velatorios en los casos de fallecimiento por coronavirus COVID-19.