Gastos, impuestos y garantías
Gastos e impuestos
En las viviendas de segunda mano hay que abonar dos impuestos:
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Plusvalía. Su pago corresponde a la parte vendedora, pero puede pactarse que lo abone la parte compradora. El acuerdo de las partes no obliga a la Administración que reclamará a la parte vendedora en caso de impago. Su importe puede conocerse consultando al Ayuntamiento puesto que es un impuesto municipal
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A la parte compradora le corresponde el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para compra-ventas entre particulares (o el IVA si la compra-venta es empresarial).
Otros gastos a abonar son la minuta del Notario y de la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Si se concierta una hipoteca para le pago de la vivienda hay que contar también con los gastos de tasación, los de apertura del crédito y los de Notario y Registro
Si el pago de impuestos y la inscripción en el Registro se tramitan a través de una gestoría, es conveniente solicitar un presupuesto previo del importe que cargará por cada una de las gestiones.
Garantías
Si se trata de un contrato entre particulares la reclamación por posibles vicios ocultos se tendrá que hacer por vía judicial al amparo de los arts. 1848 y ss. del Código Civil.
En el caso de que la vivienda que se ha comprado fuera de reciente construcción podrían aún estar vigentes los plazos de 3 y 10 años establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación (ver compra de vivienda nueva).