Preguntas más frecuentes

¿Dónde puedo informarme sobre el consumo energético de mi aparato doméstico?

Los aparatos domésticos destinados a la venta deben ir acompañados de una ficha informativa y una etiqueta en la que figure la información referente al consumo de energía. No será obligatorio en aquellos modelos de aparatos que hayan dejado de fabricarse antes de la entrada en vigor de las disposiciones que se dicten en transposición de las Directivas relativas a cada tipo de aparato, ni tampoco cuando se trate de aparatos usados. 

¿Existen diferencias entre la garantía de compra legal y la comercial?

Sí, la garantía legal es obligatoria, supone una cobertura total (mano de obra, materiales y transporte) y tiene un plazo de dos años desde la adquisición o entrega del aparato, mientras que la garantía comercial es opcional y se ofrece como una ventaja más a la hora de adquirir un producto. Pero si se ofrece, la empresa garante está obligada al cumplimiento de la garantía comercial en los términos pactados.

Si el aparato es de segunda mano, la garantía legal será como si fuera nuevo pero las partes contratantes podrán pactar un plazo menos a los dos años, que en ningún caso podrá ser inferior a un año.

La garantía comercial se debe formalizar por escrito. 

¿Puedo reclamar directamente a la empresa productora (fabricante o importadora)?

Si, podrá exigir la garantía a la empresa productora cuando le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse contra quien le vendió el producto. 

¿Es obligatoria la presentación del resguardo de depósito para retirar el electrodoméstico del Servicio de Asistencia Técnica?

Si. La presentación del resguardo de depósito será necesaria tanto para la recogida del presupuesto previo como para la retirada del aparato.

En caso de pérdida, la persona usuaria deberá identificarse a plena satisfacción del Servicio de Asistencia Técnica. 

¿Pueden presupuestarme cualquier precio por las piezas y por la mano de obra?

Los precios de las piezas de repuesto deberán corresponderse con los precios de venta aplicados usualmente por los talleres del ramo.

Los precios de mano de obra deben corresponder con el importe señalado en los carteles informativos que deben estar expuestos en el establecimiento. Y el tiempo de mano de obra facturado debe corresponder con el tiempo de ocupación real previsto para la reparación.

En los servicios a domicilio, los servicios de asistencia técnica podrán facturar, como tiempo mínimo de mano de obra, aun cuando el tiempo real haya sido inferior, quince minutos en pequeño electrodoméstico, treinta en línea blanca o sesenta  en electrónica o línea marrón. 

¿El presupuesto tiene un período de validez?

Si. Tiene una validez mínima de treinta días desde la fecha de comunicación a la persona solicitante.

¿Existe un plazo de entrega del presupuesto?

Si. El presupuesto solicitado deberá estar a su disposición en un plazo no superior a 5 días. 

¿Pueden cobrarme gastos de almacenamiento?

Si. Cuando haya pasado un mes desde que comuniquen que el aparato está reparado o el presupuesto previo elaborado no haya sido aceptado, siempre que en el cartel informativo del Servicio de Asistencia Técnica se refleje esta circunstancia con indicación del importe de dicho gasto.

¿Las piezas de repuesto deben ser nuevas?

Si, excepto si la persona consumidora da su consentimiento por escrito para que se utilicen piezas de repuesto usadas, recuperadas o no originales; deben estar en perfectas condiciones y su precio será más bajo de las nuevas si existieran. 

¿Está el SAT obligado a dar servicio de piezas de repuesto?

Si, todos los Servicios de Asistencia Técnica están obligados a dar servicio de piezas de repuesto durante siete años para piezas funcionales, cinco si el valor del aparato es inferior a 60 euros y dos si son piezas estéticas, contados los plazos a partir del cese de la fabricación de ese modelo.

¿Puede el servicio de asistencia técnica demorar la reparación alegando falta de piezas?

No, las empresas fabricantes, importadoras y representantes oficiales de marca, están obligadas a facilitar los repuestos de la marca, siempre que tengan existencia de los mismos y, en todo caso, en el plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud, para los aparatos de importación, y no superior a quince días para las piezas correspondientes a aparatos nacionales.

¿Se puede solicitar en el propio establecimiento las Hojas de Reclamaciones?

Si. Todos los establecimientos de Servicios de Asistencia Técnica tendrán a disposición de su clientela hojas de reclamaciones.

Una vez cumplimentada la hoja de reclamación por ambas partes, corresponde a la persona consumidora remitirla a la Oficina Municipal de Información al Consumidor o a los departamentos de consumo de las Comunidades Autónomas.

En el caso de no existencia o negativa a facilitar las hojas de Reclamaciones, el cliente podrá presentar la reclamación por el medio que considere más adecuado. Y podrá solicitar la presencia de la Policía Municipal para que levante acta de la negativa, lo que constituye una infracción en materia de protección a las personas consumidoras.

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