Definición

Se entiende por aparcamiento el servicio que ofrece una persona o empresa cediendo un espacio para el estacionamiento de vehículos en un recinto de su propiedad, a cambio de un precio, en función del tiempo de permanencia del automóvil y con la condición de que permanezca vigilado y custodiado durante ese período.

El servicio se puede prestar de dos formas:

  • Estacionamiento con reserva de plaza: la titularidad del aparcamiento está obligado a mantener una plaza de aparcamiento a disposición plena de la persona usuaria durante un período de tiempo pactado.
  • Estacionamiento rotatorio: la persona titular del aparcamiento tiene que facilitar una plaza de aparcamiento por un período de tiempo variable, no prefijado. En este caso las tarifas se establecerán por minuto de estacionamiento, sin posibilidad de redondeos por tiempo no consumido.

Esta ley no se aplica:

  • En las zonas de estacionamiento regulado o en la vía pública, tanto si se exige el pago de una tasa como si no.
  • En los estacionamientos gratuitos.
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