Fuentes, notas y conceptos del capítulo 9

 

 

 

9.1. Censo de población 2001

 

Instituto Nacional de Estadística. Censo de Población 2001.

 

La aparición de distintas leyes, que regulan la estructura y organización del sistema educativo en España, han dado lugar a profundos cambios en las enseñanzas primaria y secundaria en las dos últimas décadas. La clasificación que se ha realizado permite la integración de los cuatro últimos planes de estudios (Ley 1955; L.G.E. 1970; L.R.U. 1983; L.O.G.S.E. 1990).

 

Analfabetos

No sabe leer ni escribir.

 

Sin estudios

Sabe leer y escribir, pero fue menos de 5 años a la escuela.

 

Primer grado

Fue a la escuela 5 años o más, pero sin completar EGB, ESO o Bachillerato Elemental.

 

ESO, EGB, Bachillerato Elemental

Bachiller Elemental, EGB o ESO completa o Título de Graduado Escolar.

 

Bachillerato Superior

Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Bachillerato LOGSE, Curso Preuniversitario, Curso de Orientación Universitaria.

 

FP Grado Medio

FPI, FP de grado medio, Oficialía Industrial o equivalente.

 

FP Grado Superior

FPII, FP de grado superior, Maestría Industrial o equivalente.

 

Diplomatura

Diplomatura, Arquitectura o Ingeniería Técnica, 3 cursos aprobados de la Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.

 

Licenciatura

Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura o equivalente.

 

Doctorado

Doctorado.

 

9.2. Enseñanzas de Régimen General

 

Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, Secretaría General Técnica

 

Centro Privado concertado

Centro escolar de gestión privada sostenido por fondos públicos mediante concierto con la Administración educativa de uno o varios niveles de la educación obligatoria.

 

Centro Privado

Centro escolar de gestión privada.

 

Centro Público

Centro escolar gestionado por  la Administración educativa.

 

Enseñanzas de Régimen General (Ley 1/1990 de 3 de octubre, orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo. Artículo 3 y Título primero)

 

Educación Infantil

Constituido por un ciclo de 3 años académicos, que se cursará de los 3 a los 6 años de edad. Esta etapa tiene carácter voluntario y gratuito.

 

Educación Primaria

Tiene carácter obligatorio, y comprende 6 años académicos, que se cursarán ordinariamente entre los 6 y los 12 años de edad, y se organiza en tres ciclos de dos años cada uno.

 

Educación Secundaria Obligatoria

Constituye la primera etapa de la Educación Secundaria y comprenderá 4 años académicos, que se cursarán ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad.

 

Educación Especial

El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para que los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, puedan alcanzar, dentro del mismo sistema, los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. La identificación y valoración de las necesidades educativas especiales se realizará por equipos integrados por profesionales de distintas cualificaciones, que establecerán en cada caso planes de actuación en relación con las necesidades educativas específicas de los alumnos. La atención al alumnado con necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización y de integración escolar.

Bachillerato

El Bachillerato es la última etapa de la enseñanza secundaria, tiene carácter voluntario y su duración es de 2 cursos, normalmente entre los 16 y 18 años.

 

Módulos Formativos de Grado Medio

Constituye otra etapa de la enseñanza secundaria y comprende el conjunto de enseñanzas que, dentro del sistema educativo, capacitan para el desempeño cualificado de las distintas profesiones. Podrán cursar la Formación Profesional Específica de Grado Medio quienes posean alguna de las titulaciones o estudios siguientes: Graduado en ESO; Técnico Auxiliar; Técnico; haber superado el 2º curso de BUP o del primer ciclo experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias; haber superado el 3º curso de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos del Plan de 1963 o 2º de comunes experimental; haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.

 

Módulos Formativos de Grado Superior

Podrán cursar la Formación Profesional Específica de Grado Superior quienes posean alguna de las titulaciones o estudios siguientes: Bachiller; Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos; haber superado el Curso de Orientación Universitaria; universitario.

 

Programas de Garantía Social

Son programas de formación para los alumnos que no alcancen los objetivos de la enseñanza secundaria obligatoria, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas, especialmente en la formación profesional específica de grado medio. Su duración varía, normalmente, entre las 720 y las 1.800 horas de formación distribuidas entre 26 y 30 horas semanales. Son enseñanzas no regladas. Su finalidad es facilitar la inserción laboral o la reinserción educativa de los jóvenes. Algunas modalidades son compatibles con un contrato de trabajo. Contemplan la posibilidad de realizar prácticas en empresas. Son responsabilidad de la Administración educativa pero están abiertos a la colaboración con otras instituciones públicas y privadas.

 

 

9.3. Educación Universitaria. Universidad Complutense

 

Universidad Complutense de Madrid. Rectorado. Departamento de Análisis y Planificación

 

9.4. Educación Universitaria. Universidad Autónoma

 

Universidad Autónoma de Madrid. Guía Curso Académico

 

9.5. Educación Universitaria. Universidad Politécnica

 

Universidad Politécnica. Servicio de Gestión Académica

           

9.6 Formación Técnico Profesional

 

Área de Gobierno de Empleo y Servicios a la Ciudadanía. Agencia para el Empleo de Madrid