Preguntas frecuentes sobre la presentación telemática de la declaración responsable
Preguntas frecuentes sobre la presentación telemática de una Declaración Responsable para actividades económicas, Censo de Locales o Tasas que se deben abonar.
El Ayuntamiento de Madrid admite las siguientes modalidades para la identificación y firma electrónica:
- Disponer de DNI electrónico / Certificados electrónicos que son válidos a través del sistema estatal Cl@ve.
- Cl@ve PIN.
- Cl@ve Permanente con SMS.
La relación de datos y documentación en formato electrónico necesarios para poder materializar el registro telemático de la declaración responsable, se encuentra disponible en el apartado "documentación" del propio trámite. No es preciso descargar ningún impreso de solicitud o formulario ya que todos los datos de la solicitud se cumplimentan directamente en la página web mientras se realiza la gestión.
En el formulario de solicitud existe una ventana en la que la persona interesada deberá adjuntar toda la documentación digitalizada en un único archivo por campo con las siguientes características:
- La capacidad máxima de cada uno de los archivos a adjuntar deberá ser inferior a 15 MB.
- La extensión de los archivos deberá ser *.bmp, *.doc, *.gif, *.jpg, *.pdf, *.pps, *.ppt, *.txt, *.xls, *.xlt, *.csv, *.docx, *.jpeg, *.odg, *.opd, *.pptx, *.rtf, *.tiff o *.xml.
- Preferentemente se utilizará el formato *.pdf.
Primero.- Tenga preparados todos los datos y documentación indicada en el trámite de la web municipal.
Segundo.- Rellene los datos de la actuación en el formulario de la declaración responsable siguiendo las instrucciones e indicando claramente que quien firma la declaración, lo hace o bien como titular de la actividad, o bien como representante debidamente acreditado.
Tercero.- Indique y valide la documentación que desea aportar.
Cuarto.- Cargue los documentos que anteriormente validó e indicó que deseaba aportar.
Quinto.- Realice el pago de la tasa por prestación de servicios urbanísticos mediante tarjeta de crédito e imprima y/o guarde este justificante de pago.
Sexto.- Revise cuidadosamente el formulario generado para que no contenga errores.
Séptimo.- Firme el formulario electrónicamente.
Octavo.- Realice el registro electrónico de la declaración responsable.
El Registro le devolverá un acuse de recibo con el número de anotación, fecha y hora. Imprima y/o guarde este recibo como justificante de la operación.
Inmediatamente después se dará automáticamente de alta el expediente administrativo de la declaración responsable presentada e identificada con un número en el siguiente formato: 500/año/XXXXX. Con este número usted podrá consultar el estado de tramitación de su expediente en su carpeta personal de la página web del Ayuntamiento de Madrid.
En la página web del Ayuntamiento de Madrid existe un contenido específico sobre Censo de Locales en el que puede obtener información relativa a todos los locales censados en la ciudad de Madrid.
También puede consultar el visor urbanístico del Ayuntamiento de Madrid, o la aplicación móvil censo de locales de Madrid disponible para Android e IOS.
En este caso deberá solicitar alta nueva en el registro de la Agencia de Actividades con una instancia general acompañada de la documentación necesaria para identificar de forma inequívoca el local dentro del inmueble al que pertenezca.
Esta documentación se encuentra archivada en el órgano administrativo que se encargó de su tramitación. Así, dependiendo del año de concesión de la licencia o título jurídico habilitante para solicitar copia del título deberá dirigirse, mediante Instancia General, al órgano que lo tramitó indicando los datos del local o actividad.
- Hasta 1965: el Archivo de Villa.
- Entre 1966 y 1980: el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
- Entre 1981 y 2010: las Juntas Municipales de los Distritos.
- A partir del año 2010: la Agencia de Actividades.
La eficacia jurídica de la declaración responsable se produce el día en que tiene entrada la documentación completa en el registro municipal (art. 69 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
No.
Las actuaciones que precisan el uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público (como es, entre otras, la ocupación de la vía pública) no pueden realizarse con una declaración responsable para actividades económicas.
Deben ser tramitadas mediante su propio procedimiento que puede consultar en el enlace ocupación temporal de la vía pública.
¿Quién la solicita? La persona titular o promotora deberá solicitar de manera independiente esta autorización.
El justificante de la presentación de la solicitud de ocupación de la vía pública junto con la autoliquidación realizada de la tasa municipal correspondiente deberán adjuntarse a la declaración responsable.
Como excepción a lo anterior, la instalación de sacos o contenedores de residuos de construcción y demolición ocupando plaza de estacionamiento en la calzada sin sobresalir de la línea formada por los vehículos (atendiendo a lo establecido en el artículo 43 de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos) solamente requerirá una comunicación al Ayuntamiento de Madrid con una antelación mínima de dos días hábiles acompañada de la documentación fijada en el apartado C del Anexo II de la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables del Ayuntamiento de Madrid.
Deberá aportar:
- La resolución administrativa que acredite la prescripción de la infracción urbanística.
- La inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad.
La declaración responsable telemática deberá ir firmada por la persona titular de la solicitud o, en su caso, por quien tenga la representación debidamente acreditada por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma (artículo 5 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Sí.
Actualmente y con caracter general existe una bonificación en el pago del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del 95% sobre los primeros 45.000 euros del coste de ejecución material de la obra para la implantación, desarrollo, modificación o cambio de aquellas actividades en las que la tramitación de la actuación urbanística se realiza con los procedimientos establecidos en la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables del Ayuntamiento de Madrid (OLDRUAM). El pago podrá realizarse de manera telemática, con caracter previo, mediante el siguiente enlace.
Esta bonificación, una vez disfrutada para un hecho imponible, sólo podrá disfrutarse para los siguientes, respecto de los mismos contribuyentes y local o establecimiento, si han transcurrido dos años desde la fecha de la solicitud de la bonificación anteriormente concedida.
Si se acredita un cambio de actividad, la bonificación podrá disfrutarse con independencia del tiempo transcurrido desde la anterior.
La presentación de una declaración responsable requiere, con carácter previo, la presentación de autoliquidación de la tasa por prestación de servicios urbanísticos regulada en la Ordenanza Fiscal.
Para realizar el trámite telemático de la declaración responsable de actividades económicas, existe un documento de ayuda, orientativo para el cálculo de la autoliquidación de esta tasa, en el apartado "otros contenidos".
El abono de la tasa por prestación de servicios urbanísticos constituye uno de los pasos del trámite y se realiza exclusivamente mediante tarjeta bancaria.
La referencia catastral que hay que indicar en el formulario de liquidación de ésta tasa debe realizarse de la siguiente forma:
- En la primera casilla indique los siete números correspondientes a la finca o parcela.
- En la segunda casilla indique los siete dígitos correspondientes a la hoja del plano.
- En la tercera casilla indique los cuatro números del local o piso.
- No debe incluir los dos últimos dígitos, correspondientes a las letras de control.
Una vez pulsado el botón registrar como último paso en la declaración responsable telemática, el sistema devolverá una pantalla en la que se indicará textualmente que la presentación en el Registro se ha realizado correctamente, acompañado de un número de anotación, la fecha y hora de presentación en el Registro y un código seguro de verificación (CSV) del justificante de tipo alfanumérico.
Asímismo, se enviará un correo electrónico y un mensaje de texto (SMS) a la dirección de email y al número de teléfono móvil indicados en la solicitud, confirmando que el registro se ha realizado correctamente junto con el número de anotación y el código seguro de verificación (CSV).
Con el Código Seguro de Verificación (CSV) se puede comprobar la validez del documento y descargar el archivo en formato PDF que incluye las firmas digitales.
Esta comprobación se puede realizar en la web del Ayuntamiento de Madrid denominada Comprobación de documentos con Código Seguro de Verificación.
En la sede electrónica municipal dentro de la pestaña Mi carpeta puede acceder por medio de DNI electrónico / Certificado electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente a la consulta de sus expedientes. Aquí puede conocer si su solicitud ha sido dada de alta y el estado de tramitación en que se encuentra.
Información relacionada
- ANM 2022\51 - Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid
- Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid, de 25 de febrero de 2011
- Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid