Acceso con bicicletas a los autobuses de la EMT

- Está permitido acceder y viajar en los autobuses de la EMT con una bicicleta PLEGADA del tamaño   equivalente a un equipaje de mano, en función de la ocupación del vehículo.

- Es obligatorio plegar la bicicleta antes de subir.

- Sólo se permite una bicicleta por autobús. La bicicleta debe situarse en la plataforma central debidamente sujeta por el propietario. Las personas que viejen en silla de ruedas tienen preferencia de uso de la plataforma central respecto a las bicicletas.

- Se pueden transportar bicicletas sin plegar exclusivamente en los autobuses provistos de soporte específico exterior. Actualmente hay soportes disponibles en los autobuses de la línea Exprés Aeropuerto y en la línea 33 (sólo sábados, domingos y festivos).

  • Fundamento Legal
    Reglamento de Viajeros de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S.A. (EMT). Decreto 206/2000 de 14 septiembre 2000. BOCM núm. 16 de 19 enero 2001
    Decreto 1/2008, de 17 de enero, que reconoce la accesibilidad de los carritos de niños a los autobuses. BOCM Núm.19 de 23 enero 2008.
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