Luz verde a las Ordenanzas Fiscales 2016
- El conjunto de Ordenanzas aprobadas incrementarán la recaudación en 103 millones de euros con un reparto más equitativo de la carga tributaria.
- Baja un 7% el IBI de todos los inmuebles de naturaleza urbana. Las medidas fiscales relacionadas con el IBI supondrán un incremento de 48 millones de euros en la recaudación.
- Se mantiene la bonificación en el IAE, tanto para las empresas que creen empleo, como para las de nueva creación y las que tienen pérdidas.
- El ICIO incluye las ventajas a los primeros 45.000 euros de obras y mantiene la bonificación por fomento del empleo.
- La TRUA no afecta a los inmuebles residenciales ni los de uso catastral "almacén estacionamiento".
- Y las tarifas de las instalaciones deportivas y piscinas bajan en 2016 una media del 15%, en cumplimiento de la apuesta de Cultura y Deportes para fomentar el deporte de base.
El Pleno Extraordinario celebrado hoy (miércoles, 23 de diciembre) en el Palacio de Cibeles, ha dado luz verde definitiva a las Ordenanzas Fiscales para 2016 con el respaldo de Ahora Madrid y el PSOE. El conjunto de estas medidas fiscales, que sistematizan los tributos y precios públicos municipales, incrementarán la recaudación en 103 millones de euros con un reparto más equitativo de la carga impositiva.
La Corporación ha votado la modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección; la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI); la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO); la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios y actividades relacionados con el Medio Ambiente, y la Ordenanza reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades.
A las Ordenanzas Fiscales se plantearon 18 enmiendas, de las que el Pleno ha aceptado tres relativas al IBI, el IAE y el ICIO.
Impuestos 2016
El resumen de las medidas que regulan los tributos municipales implica una bajada del 7% del IBI para el 100% de los inmuebles residenciales. Como contrapartida, suben los tipos de gravamen diferenciados entre el 7% y el 9% para el 0,31% de los inmuebles de mayor valor catastral, distintos de los residenciales. También disminuye un 7% el IBI para los inmuebles no residenciales que no están encuadrados en el tipo diferenciado (que son los de valor catastral más elevado y, por tanto, en los que sí sube el IBI).
Todo el paquete de medidas fiscales relacionadas con el IBI supondrá un incremento en la recaudación de 48 millones de euros.
El próximo año habrá también modificaciones en las bonificaciones y exenciones a inmuebles del Patrimonio Histórico que realizan actividades lucrativas, no prorrogándose la exención del 80% del IBI del que disfrutaban hasta ahora. La medida afectará a 2.843 recibos, que suman unos ingresos de 12.260.374 euros.
Las familias numerosas con rentas más bajas y cuya vivienda habitual tenga un valor catastral entre los 204.000 y los 408.000 euros continuarán recibiendo los mismos porcentajes de bonificación (60% y 90%, según ostenten la categoría general o especial).
Aumenta del 25% al 40% la bonificación por instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar térmica. Y se establece una nueva bonificación del 95%, (porcentaje máximo que la Ley permite) a favor de los centros públicos de investigación.
Habrá una actualización general de los coeficientes de situación en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), ya que los anteriores estaban por debajo del máximo autorizado legalmente. Sube en un 10% los coeficientes de situación del IAE correspondientes a las calles de categorías 3 a 9, y un 7,87% hasta alcanzar el tope legal para las vías de categoría 2. En general, esta medida sólo afecta a aquellos empresarios cuya cifra neta de negocios supera el millón de euros, que son los que tributan por el IAE.
Y se prorrogan los siguientes beneficios fiscales: el 50% durante los períodos impositivos tercero y cuarto siguientes al inicio de una nueva actividad económica. Y la bonificación de hasta el 50% de la cuota del IAE para aquellos sujetos pasivos que incrementen el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido. También se mantiene para 2016 la bonificación del 25% de la cuota para los sujetos pasivos que tengan un rendimiento neto de la actividad económica negativo.
El conjunto de normas que figuran en las Ordenanzas Fiscales para 2016 recogen cambios en las bonificaciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Se restaura así el texto que estuvo vigente hasta mayo de 2015 para incluir las ventajas a los primeros 45.000 euros de obras y mantener la bonificación por fomento del empleo, dadas las circunstancias sociales y económicas actuales.
Se estable una bonificación por construcciones, instalaciones u obras de especial interés o utilidad municipal en términos similares a los ya existentes en la redacción vigente hasta el 12 de mayo del presente ejercicio, pero ya no limitada a los sujetos pasivos que están exentos del IAE por inicio de una nueva actividad económica, o porque su importe neto de la cifra de negocios es inferior al millón de euros.
Las características de la nueva bonificación son: el 95%, máximo permitido por la Ley, limitada a los primeros 45.000 euros del coste real y efectivo; y para construcciones, instalaciones y obras realizadas para la implantación, desarrollo, modificación o cambio de actividades.
Para favorecer la eficacia de la gestión se mantiene la tramitación de la declaración de especial interés o utilidad ante el Pleno del Ayuntamiento mediante refundición en un solo acto de todas las bonificaciones, relacionándose las mismas de manera que sea posible su identificación en cada caso. Los solicitantes de ayudas tendrán hasta dos meses para presentar la documentación requerida y 30 días de plazo para ampliar la información sobre dicha bonificación.
La nueva Tasa por prestación del servicio de gestión de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA) tiene por objeto la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos generados en inmuebles en los que se ejerza algún tipo de actividad comercial, industrial, profesional, artística, administrativa, de servicios, sanitaria u otras análogas, por considerar que la mayor parte de los problemas medioambientales surgen como consecuencia del desarrollo económico e industrial de las ciudades.
A diferencia de la tasa de basuras vigente hasta 2014, la TRUA no se aplicará a las viviendas e inmuebles de uso residencial, así como a los de uso catastral "almacén-estacionamiento".
La cuota tributaria se compone de dos elementos: una cuota fija anual, en función del tramo de valor catastral del inmueble y del uso catastral a que se destine; y una cuota de generación (no aplicable a los usos "Oficinas" y "Edificio Singular"), que responde a la realidad de que no todas las actividades generan la misma cantidad de residuos.
Supondrá que determinadas actividades económicas aporten más de 38 millones de euros a la financiación municipal. En la configuración de la cuota de este tributo se han conciliado los principios de capacidad económica, de provocación de costes y los de economía y eficacia en la gestión del mismo. En todo caso, la cuota resultante no podrá superar los 20.000 euros.
Respecto a la Ordenanza que regula los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades, las tarifas de las instalaciones deportivas y piscinas municipales bajarán el próximo año una media del 15% con el propósito de promover la práctica de la actividad física de manera más continua y frecuente, y extenderla a todas las personas siguiendo criterios de igualdad e inclusión. La categoría joven se extiende a los 26 años y se creará una nueva categoría de tarifas reducida para usuarios en situación de integración. Se cumple así la apuesta por el deporte de base desde el Área de Cultura y Deportes.
Y se reducen un 32% los precios en el primer año de utilización de las oficinas del vivero. A partir de los 12 meses, la rebaja es del 9,5%. Si hasta ahora el importe del metro cuadrado ascendía a los 10,53 euros, a partir del 1 de enero baja hasta los 7,15 euros/m2 los primeros doce meses y luego 9,53 euros/m2.
Pago a la Carta
Asimismo, el Ayuntamiento de Madrid continuará con las bonificaciones a través del sistema de pago a la carta (PAC), para facilitar el pago fraccionado del IBI (mediante el pago mensual, bimestral, trimestral y semestral) e incorporándose a través de la pertinente modificación en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección la nueva tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades. Existen dos modalidades:
Plan de Máximo Ahorro: el contribuyente acepta la propuesta de la Administración municipal con una bonificación del 5% de la cuota.
Plan de Pago Personalizado: es el ciudadano el que propone a la Administración municipal qué cuantía desea abonar periódicamente (siempre que se trate de una cantidad fija no inferior a 6 euros al mes). También tendrá derecho a una bonificación, aunque de menor importe que el Plan de Máximo Ahorro.
Otras medidas
Para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias se han adoptado dos medidas:
En los fraccionamientos, el período máximo por el que podrán concederse los mismos pasa de 18 a 24 meses.
El límite por debajo del cual no es necesario aportar garantía en los aplazamientos y fraccionamientos pasa de 18.000 euros a 30.000 euros. /